BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 23/03/22

Acta Nº 53.- Se reúnen los socios gerente de Full Block SRL Sr Pedro Ricardo Manzur DNI 13414423 y la Sra. Laura del Pilar Soler DNI 13.367.452 a los efectos de aprobar la prórroga de la duración de la sociedad y sea reforma el estatuto que decía que la sociedad con fecha 03 de junio del año 2021 termina.- Estando comprendida dentro de las disposiciones del Art. 95 Inc 1 Ley de Sociedades Prorrogan el plazo por 30 años donde el vencimiento que opera en fecha 03 de junio del 2021 y en consecuencia se reforma la cláusula tercera del contrato social quedando redactado de la siguiente forma: Cláusula Tercera el plazo de duración de la sociedad “FULLBLOCK SRL” se fija en 30 años a contar desde la inscripción de la prorroga en el Registro Público de Comercio. Se autoriza al Dr. Pedro Octavio Figueroa a proceder con el trámite de Inscripción de la presente pudiendo contestar todas las observaciones que realice el Registro Público de Comercio y redacta a estos efectos con absoluta libertad los instrumentos necesarios a tal fin. A los 20 días del mes de abril del 2021 se firma la presente acta en presencia de los dos socios generales a efectos de realizar su diligenciamiento.- ESC. JUAN PABLO GONZALEZ CERNUSCHI- TIT. REG. N° 92. S.S. DE JUJUY.

 

RESOLUCIÓN N° 127-DPSC-2022. CORRESPONDE A EXPTE. N° 301-071/2022. ORDENA LA PUBLICACIÓN POR UN DÍA EN EL BOLETIN OFICIAL.

San Salvador de Jujuy 16 de Marzo de 2022.

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO.

23 MAR. LIQ. Nº 27396 $857,00.-