BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 21/03/22

Dra. Norma Jiménez, Jueza del Tribunal de Familia – Sala II – Vocalía N° 5, en el Expte. N° C-190.992/2.021, caratulado: “ALIMENTOS: BALDERRAMA, MARCELINA c/ VILTES, RAUL ESTEBAN”, le notifica al demandado Sr. RAUL ESTEBAN VILTES D.N.I. N° 32.082.188, que se ha dictado los siguientes proveídos: “San Salvador de Jujuy, 26 de noviembre de 2021.- I.-Atento al informe actuarial que antecede, téngase por presentado al Dr. Brian José Alfredo Suruguay, por constituido domicilio y por parte; concediéndosele por esta única vez la personería de urgencia solicitada en representación de la Sra. MARCELINA BALDERRAMA, DNI 21.752.680, conforme lo dispuesto por el art. 60 del C.P.C.- II.-Dése a la presente acción Sumarísimo por Alimentos, el trámite de conformidad  a las prescripciones del art. 395 y ss. del C. P. C..- III.-Agréguese la documentación que se acompaña y téngase presente para su oportunidad. A los fines previstos por el art. 398 del C.P.C. cítese a las partes a una Audiencia el día 16 de diciembre del año 2021 a hs. 11:30 a celebrarse en este Tribunal  de Familia – Vocalía IV, sito en calle Coronel Puch 625 de esta ciudad Capital, a la que el demandado Sr. RAÚL ESTEBAN VILTES, DNI 32.082.188 deberá ser notificado con todos los recaudos del art. 396, concurriendo a ejercitar su defensa munido de su documento Nacional de Identidad, asistido por un letrado, provisto además de los documentos que posea y a indicar los demás medios de prueba que intente valerse. En caso de inconcurrencia injustificada se tendrá por ciertos los hechos afirmados por la actora y se dictará sentencia sin más trámite. Hágase saber a la actora que en caso de inconcurrencia-sin justificar motivo atendible- se la tendrá por desistida de la demanda.- IV.-Asimismo hágase saber a las partes que deberán presentarse junto a sus representantes con diez minutos de antelación, a los fines de evitar la aglomeración de personas, conforme a lo dispuesto por la Acordada Nº 27/2020, no habiendo media hora de tolerancia.- V.-Sin perjuicio a lo dispuesto, para el caso de no poder concurrir a la audiencia teniendo en cuenta los hechos de público conocimiento y los fines de no perder la fecha dispuesta precedentemente, deberá el letrado denunciar número de celular de quien no podrá concurrir para proceder con dicha parte a comunicarnos a través de video llamadas.- VI.-Fíjese en concepto de Cuota Alimentaria Provisoria el porcentaje equivalente al Veinte por Ciento (20 %) de los haberes que por todo concepto percibe el accionado Sr. RAÚL ESTEBAN VILTES, DNI 32.082.188, como empleado dependiente de La EMPRESA LAJ S.R.L., previas deducciones de Ley,  más Asignaciones familiares y SAC que corresponda, por su hija menor de edad MARIANA ELIZABETH DEL MILAGRO VILTES, DNI 49.464.718, sumas que deberán cumplirse en forma mensual y consecutivas a partir de la recepción del presente oficio y las que deberán depositarse en el Banco Macro S.A. Sucursal- San Martín; a la orden del Tribunal de Familia Vocalía IV  y como pertenecientes a los presentes obrados, de donde serán abonados a la Sra. MARCELINA BALDERRAMA, DNI 21.752.680 contra la sola presentación de su documento de identidad, oficiándose al Banco Macro y al Empleador a sus efectos.- VII.-Oportunamente dese intervención al Ministerio Publico Pupilar.- VIII.-Notificaciones en Secretaría los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- IX.- Intimase al letrado para que en el plazo de cinco días acredite haber efectuado el aporte de la estampilla profesional, bajo apercibimiento de comunicar el incumplimiento al Consejo Directivo del Colegio de Abogados. En igual plazo también deberá satisfacer el aporte de la estampilla previsional bajo apercibimiento de comunicar la inobservancia de lo ordenado a C. A. P. S .A. P., según lo dispone el art. 22 inc. “D” de la Ley 4764.- X.-Notifíquese por Cedula. Ofíciese. Diligencias a cargo del promotor de autos.-” Y “San Salvador de Jujuy, 17 de febrero de 2.022 Atento a los informes de domicilio del demandado, considerando que se desconoce el domicilio real del mismo, procédase a notificarse el presente proveído al Sr. VILTES, RAUL ESTEBAN mediante edictos a ser publicados en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local, por tres veces en cinco días.- Fíjese fecha de audiencia a fines del art. 398 a llevarse a cabo el día 29 de marzo a h.11 ante esta Vocalía IV de la Sala Segunda del Tribunal de Familia, ubicada en el Coronel Puch Nº 625 de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, munidos de sus documentos de identidad y con patrocinio letrado (Abogados). El demandado, a quien se le corre traslado de la demanda por este acto, deberá concurrir a ejercitar su defensa munido de los documentos que posea y a indicar los demás medios de prueba de que intente valerse. Ello, bajo apercibimiento de que si no concurre se le dará por decaído el derecho contestar la demanda en autos. En caso de no poder concurrir deberá denunciar el número de teléfono y correo electrónico a los fines de efectuar la comunicación telefónica vía Whatsapp, para efectuar la audiencia por video llamada o JITSI.- Asimismo se le intima a constituir domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones, cualquiera fuere su naturaleza, por Ministerio de Ley (art.52 del Código Procesal Civil).- Hágase saber a la actora Sra. BALDERRAMA, MARCELINA, que en caso de inconcurrencia de su parte, sin justificar un motivo atendible, se la tendrá por desistida de la demanda.- Diligencias a cargo del Dr. Brian José Alfredo Suruguay.- Notifíquese.-Dra. Norma Jiménez, Jueza Habilitada, Mart. Héctor O. Dargam, Prosecretario.-“Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por Tres Veces en cinco días, haciéndose saber que se los tendrá por notificados a partir del quinto día posterior a la última publicación de los mismos (Art. 162 del C.P.C.).- Fdo Dra. Jorge, María Eugenia- Prosecretario.- San Salvador de Jujuy, 22 de Febrero del 2022.-

 

21/23/25 MAR. LIQ. Nº 27184-27387 $1.350,00.-