BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 21/03/22
Cámara en lo Civil y Comercial – Sala II – Vocalía 5, en el Expte. C-045352/2015, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte. Principal B-286158/2012: MEALLA ANA MARIA c/ ALVAREZ JOSE MARIA”, procede a Notificar la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, a los 12 días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno… Por lo expuesto, la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Resuelve: I – Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio articulada por Ana María Mealla de Mealla. En consecuencia, declarar que por la posesión que ejerce desde hace más de veinte años, ha adquirido la propiedad del inmueble individualizado como Padrón I-1190, Circunscripción 2, Sección 2, Parcela s/n, ubicado en La Playa, pueblo de Maimará, Departamento de Tilcara, Provincia de Jujuy, conforme plano de mensura para prescripción adquisitiva que se encuentra aprobado por Resolución N° 8157 de fecha 16/04/08 y visado por el Director Provincial de Inmuebles mediante Resolución Nº 575 de fecha 05/12/12. II – Imponer las costas del juicio por su orden. III- Diferir la regulación de honorarios. IV – Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el artículo 541, en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la Ley Nº 5.486. V – Firme y ejecutoriada la presente, disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre de Ana María Mealla de Mealla (L.C. 5.009.136), a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección General de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título a la demandante. VI – Notificar por cédula a las partes y oportunamente a C.A.P.S.A.P. a sus efectos, haciendo saber que se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución General Nº 443/89 de la Dirección General de Rentas de la Provincia, protocolícese y oportunamente archívese. Fdo. Dres. Jorge Daniel Alsina, María del Huerto Sapag y Marisa Rondón. Ante mí: Dra. Rocío Gismano. Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 10 de febrero de 2022.-
16/18/21 MAR. LIQ. Nº 27241 $1.350,00.-