BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/22

Marisa E. Rondon, Juez Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 6, Secretaria Nº 11, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. TORRES, SILVINA ROXANA D.N.I. Nº 25.064.668  que en el Expte. Nº C-154377/20, caratulado: “BANCO MASVENTAS S.A. c/ TORRES SILVINA ROXANA S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 20 de diciembre de 2021.- Autos y Vistos: Considerando: Resuelve 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MAS VENTAS S.A. en contra de SILVINA ROXANA TORRES, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Tres Mil Novecientos Veintiséis con Noventa y Dos Centavos ($3.926,92) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción de cada título y hasta la mora (15-07-2017) y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios hasta su efectivo pago, con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2º) Imponer las costas a la parte demandada vencida (Art. 102 del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos A.D. Aguiar en la suma de Pesos Once Mil Quinientos Veinte ($11.520), fijados a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés a la Tasa Activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia hasta su efectivo pago más IVA si correspondiere.- 4º) Notificar la presente al demandado por edictos (art. 62 del C.P.C.) y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. Fdo: Dra. Marisa E. Rondon- Juez Habilitada. Ante mi Dra. Carolina Andrea Farfán- Prosecretaria de Juzgado.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días. San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero de  2022.-

 

16/18/21 MAR. LIQ. Nº 26808 $1.350,00.-