BOLETÍN OFICIAL Nº 8 – 20/01/16
Dr. Juan Pablo Calderon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, en el Expte. Nº B-285435/12 Caratulado: Ejecutivo: Banco Macro S.A. c/ Morales Pedro Manuel”, se hace saber la siguiente: Proveído de Fs. 22: “S.S. de Jujuy, 02 de Octubre de 2013.- I.- Por cumplimentada la intimación cursada a fs. 12 de autos. Asimismo téngase por presentado al Dr. Joaquín Jenefes con el patrocinio letrado del Dr. Martin Ramón Jenefes como apoderado del Banco Macro S.A. por constituido domicilio legal, a merito de la copia debidamente juramentada de Poder General para juicios que se manda a agregar a la presente causa.- II.- Asimismo, atento a lo solicitado y de conformidad a lo previsto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra Morales Pedro Manuel D.N.I. Nº 8.199.343, por la suma de PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($10.336,34), con mas la suma de PESOS TRES MIL CIEN CON NOVENTA CENTAVOS ($3.100,90) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, , designándose Depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores, y cítaselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de cinco días, en este Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- III.- Corrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- IV.- Por el mismo termino intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.- V.-Notifíquese art. 155 del C.P.C..-Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local, tres veces en el término de cinco días.-Secretaria Nº 2, Dra. Silvina C. Rodriguez Alvarez, Prosecretaria.-San Salvador de Jujuy a los 9 días del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince.-
20/22/25 ENE. LIQ. Nº 122923 $270,00.-