BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/22
Dr. Diego Armando Puca- Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº C- 1669775/20, caratulado: Fijación de Plazo: BALLESTEROS REINALDO c/ BALLESTEROS TERESA”. Por el presente edicto se procede a notificar a la demandada Sra. TERESA BALLESTEROS D.N.I. NRO. 1.813.818 con ultimo domicilio conocido en Ruta Provincial Nro. 4 s/n de la Localidad de Los Nogales- Yala- Provincia de Jujuy, la siguiente Providencia que a continuación se transcribe: Providencia de Fs. 112. San Salvador de Jujuy, 23 de febrero del 2022.- Téngase por interpuesto en tiempo y forma por la Dra. Liliana Fidela Nuin, Aclaratoria en contra de la providencia de fs. 100 de autos.- Conforme a las constancias de autos y no existiendo términos oscuros, errores materiales y/o omisiones que deban salvarse y en virtud de lo que dispone el art. 49 del C.P.C. a la Aclaratoria deducida, no ha lugar.- Sin perjuicio de lo proveído ut supra, atento a las constancias de autos (ver fs. 105) y ante la incomparencia de las partes a la audiencia fijada en autos, y de conformidad a la propuesta efectuada por la Defensora Oficial de Pobres y Ausentes Dra. Liliana Fidela Nuin y en virtud del consentimiento prestado por el Dr. Jose Antonio Alcazar y con el único objetivo por parte del órgano jurisdiccional, que es la búsqueda de la verdad objetiva fijase nueva fecha de audiencia, que tendrá lugar en este Juzgado, Secretaría Nº 3, a los efectos del Art. 396 del C.P.C, el día 27 del mes de abril del año 2022 a horas 18:00 (Independencia Esq. Lamadrid), para que concurran ambas partes munidos de sus documentos identificatorios y los demandados ejerzan sus defensas, provistos de los documentos que posean y en caso de inconcurrencia se tendrán por ciertos los hechos afirmados por la actora (Art. 397 del C.P.C).- A los fines que pudiera corresponder, notifíquese a la parte demandada Sra. TERESA BALLESTEROS, la presente providencia mediante edictos, de conformidad a lo que dispone el art. 162 del C.P.C. de la Provincia, la que se deberá efectuar en un diario Local de amplia circulación y en Boletín Oficial, por el término de tres veces en cinco días.- Las publicaciones de edictos y boletas de gastos que se adjunta, agréguense y ténganse presente.- Notifíquese (art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dr/a. Diego Armando Puca- Juez- Ante mí: Dr. Juan Pablo Zalazar Reinaldi- Firma Habilitada- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 23 de febrero de 2.022.-
14/16/18 MAR. LIQ. N° 27230 $1.350,00.-