BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/22

Lis Valdecantos Bernal Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, de la Provincia de Jujuy, hace saber a SONIA DEL CARMEN RIVERA que en el Expte. Nº C-139819/19, Ejecutivo: “BANCO MASVENTAS S.A. c/ RIVERA SONIA DEL CARMEN, se ha dictado la siguiente Resolución: “ San Salvador de Jujuy, 07 de Febrero del 2.022.- Autos y Vistos:…Considerando:….Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MASVENTAS S.A. en contra de SONIA DEL CARMEN RIVERA, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Cincuenta Mil Ochocientos Sesenta y Ocho Con 72/100 Ctvs. ($50.868,72) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas al demandado vencido (Art. 102 del C.P.C).- 3º) Diferir la regulación de los honorarios profesionales del letrado interviniente hasta tanto se practique y apruebe planilla de liquidación, la que deberá ser presentada por la actora dentro de los cinco días de quedar firme la presente, debiendo calcular los intereses conforme a lo precedentemente establecido.- 4º) Notificar la presente Resolución al accionado en la persona del Sr. Defensor de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- 5º) Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, dejando debida constancia en la misma de la tramitación de la presente causa 6°) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez ante mí: Dra. Sandra Torres- Secretaria.- Publíquese por Edictos en el Boletín y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días. San Salvador de Jujuy, 07 de Febrero de 2022.-

 

14/16/18 MAR. LIQ. N° 27168 $1.350,00.-