BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 07/12/05
EXPTE Nº 1070-177-99
AGREGS. 0421-740/01;
0421-1275/01; 0421-6644/00;
0421-1595/01; 0421-1687/01;
0421-1989/01; 0421-2175/01;
0421-2037/01; 0421-1829/01;
1050-2091/01.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DE JUNIO DE 2005
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Aplíquese la sanción de CESANTIA a la Sra. GLADYS ESTELA CARRIZO, DNI Nº 10.473.688, Auxiliar Docente del Consejo Educativo Agropecuario Nº 1 “ Ing. Ricardo Jorge Hueda”, por haber incurrido en abandono de servicios y transgredido con su conducta el Articulo 4 inciso a), f), Artículos 82, 84 inciso c), Articulo 66 inciso g) de la Ley Nº 3520/78, Articulo 100 incisos 1,14,21,23, en concordancia con el Articulo 173 inciso 1y 3 de la Ley Nº 3161/74, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR