BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 04/03/22
Dr. Enrique R. Mateo, Pte. de Trámite, en a Vocalía N° IV de la Sala II de la Excma. Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-284772/12, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: QUISPE, BRIGIDO c/ ESTADO PROVINCIAL”, procede a notificar a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble a usucapir, de la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 21 de Diciembre del Año 2021.- 1.- Proveyendo al escrito del Dr. Oscar N. Cazón Recchiuto, y atento el informe actuarial que antecede, y en virtud de lo previsto por el Art. 298- 2° apartado del C.P.C., dese por decaído el derecho a contestar la demanda a quienes se consideren con derecho. 2.- A lo demás solicitado, no ha lugar, debiendo ocurrir por quien corresponda.- 3.- Notifíquese por Cedula.- San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero del año 2022.- 1.- A lo solicitado por el Dr. Oscar N. Cazón Recchiuto, atento al estado de autos, notifíquese por Edictos conforme lo establece el Art. 162 del C.P.C., el proveído de fs. 232, en consecuencia publíquense en el Boletín Oficial y en un diario local por cinco veces en tres días, haciéndose saber que se tendrá por notificado, con la última publicación.- 2.- Previo a proveer la fijación de fecha de Audiencia de Vista de Causa, pasen las actuaciones a despacho de los Dres. Daniel Alsina y María Del Huerto Sapag, a fin de que manifiesten si tienen causal de excusación con alguna de las partes intervinientes en el proceso. – 3.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Enrique Mateo. Juez. por ante mi. Procuradora Mabel Pérez Andrada-Prosecretaria.” San Salvador de Jujuy, 10 de Febrero de 2022.-
02/04/07 MAR. LIQ. Nº 27086 $1.350,00.-