BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 16/02/22

Dr. Enrique R. Mateo, Juez de Sala II de la Cámara Civil y Comercial-Vocalía N° 04, de la Provincia de Jujuy, hace saber a SERGIO ANÍBAL SARAPURA, que en el EXPTE. Nº C-159.743/2020, Caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios, ESQUIBEL, DONATO, c/ SARAPURA, SERGIO A., PUCA, DANIEL JESÚS REINALDO y ESCUDO SEGUROS S.A.”, se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 15 de Noviembre 2021.- I-Proveyendo al escrito de fojas 138 y atento el informe actuarial que antecede, dése por decaído el derecho a contestar demanda a SERGIO ANÍBAL SARAPURA, debiendo designarse oportunamente como el representante legal del nombrado al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda, a quien se deberá dar en autos debida participación. II- Notifíquese por cedula y al demandado mediante Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días. III.- Firme la notificación dispuesta, cúmplase con lo dispuesto supra. IV.- Actuando en autos el principio contenido en el art.72 del C.P.C y a modo de colaboración con el Tribunal deberá el presentante acompañar la notificación dispuesta debidamente confeccionada, la que será presentada en Secretaría para control y posterior firma. Fdo. Dr. Enrique Rogelio Mateo -Juez-. Ante Mí. Dra. Ana Romina Nebhén- Prosecretaria”.- Publíquese por Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 29 de Noviembre de 2.021.-

 

11/14/16 FEB. LIQ. N° 26635 $1.038,00.-