BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 16/02/22
HIPÓLITO IRIGOYEN, 17 DIC. 2021.-
VISTO:
La Ley Pcial. N° 3161/74; 4439/89; Ley 4466/89 y Decretos N° 43-CMHY/2021 de fecha 10/04/2021 y N° 46-CMHY/2021 de fecha 23/04/2021, estos dos últimos del Ejecutivo Municipal y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante los actos administrativos municipales mencionados, habrían sido confirmados a partir del 1ro de abril del año 2021 como personal de Planta Permanente los Sres. SANTOS MIGUEL CASTRO y GONZALO JAVIER TOCONAS respectivamente, designados, ambos, en la categoría diez ( 10 ) del escalafón general de servicios administrativos y;
Que, tales actos administrativos presentan serias irregularidades por cuanto las designaciones en esos cargos permanentes se ha realizado sin observas los dispositivos legales previstos a tal fin, como tampoco se ha respetado el procedimiento de selección de los mismos (Art. 14 y ccntes Ley Pcial 3161/74), por lo que debe reputarse que dichas designaciones han sido transitorias o interinas, y como tal, no otorga el derecho a la estabilidad, y;.
Que, en el caso del Sr. Toconas habría sido realizada su designación mientras cumplía funciones de Tesorero Municipal, actividad que desarrollo hasta el 09/12/2021, inclusive, resultando incompatible con la de Planta Permanente, tal como lo dispone el art. 3 inc. 6) de la Ley 3161, por lo que no puede ejercer simultáneamente ambos cargos, y;
Que, tampoco los nombrados se encuentran alcanzados por las previsiones del DECRETO-ACUERDO Nº 3510-G/2021.-del Poder Ejecutivo Provincial, y;
Que, se observa claramente que esos instrumentos de designación, refieren como antecedentes la ordenanza N° 09-CMHY/2021, de la cual no se ha encontrado constancia alguna en el Concejo Comunal de la Comisión Municipal de Hipólito Irigoyen, y tampoco está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, falencia que alcanza también a esos Decretos, ninguno de los cuales cumplen con lo ordenado por el art. 112 de la Ley 4466/89 y art. 5 CCyC, y;
Que, se advierte también que tales designaciones han sido realizadas de carácter general, no se acredita necesidad alguna para proceder a su realización, por lo que no guardan relación alguna con el accionar del gobierno municipal ( Art. 235 Ley 4466/89 ), y;.
Que, de los instrumentos municipales aludidos no surge la identificación de la fuente de financiamiento, de un modo claro y expreso, para atender esas nuevas designaciones, no constando tampoco en los antecedentes municipales la existencia de la ordenanza presupuestaria que las justifique, con lo que se transgrede lo dispuesto por el art. 246 de la Ley 4466/89 y art. 195 inc. 2) y 5 ) de la Const. Pcial, y;
Que, por su parte, queda en evidencia la transgresión a lo normado por el Art. 9 de la Ley 5427 “Régimen Provincial y Municipal de Responsabilidad Fiscal”, que alcanza al anterior Jefe Comunal cuyo mandato ha fenecido el 09/12/2021, por su actuación irregular en tales designaciones, y;
Que, asimismo es dable indicar que a partir del 10/12/2021 asumieron nuevas autoridades en la conducción del Ejecutivo Municipal, advirtiéndose una situación económica precaria, agravada por la inexistencia de documentación contable y financiera que permita paliar esa situación deficitaria, lo que sin dudas produce una disminución en las designaciones sin afectación específica, y; Que, de todo ello se observa claramente que los actos administrativos municipales indicados han sido dictados en infracción a la ley, por lo que no corresponde su aplicación;
Que, siendo facultad principal de Departamento Ejecutivo observar estrictamente la Constitución y las leyes dictadas en consecuencia, y que se ha establecido como facultad particular la de disponer el funcionamiento de las dependencias y oficinas de la administración municipal, dictando instrumentos necesarios para el régimen interno, el que jamás puede ir en contra de la ley, corresponde el dictado del presente, a fin de la regularización de la situación expuesta.
En virtud de ello y de conformidad a lo dispuesto por la Ley 4466/89 el;
PRESIDENTE DE LA COMISION MUNICIPAL DE HIPOLITO IRIGOYEN DICTA EL SIGUIENTE DECRETO:
ARTICULO 1: DÉJESE sin efecto los Decretos N° 43-CMHY/2021 de fecha 10/04/2021 y N° 46-CMHY/2021 de fecha 23/04/2021, y por ello la confirmación como personal de planta permanente de los Sres. SANTOS MIGUEL CASTRO, DNI 23.278.973 y GONZALO JAVIER TOCONAS, DNI 35.827.273, respectivamente, por los motivos expuestos en los considerandos.-
ARTICULO 2: Comunicar al encargado de Personal y al área de Tesorería para que efectúe la liquidación final.-
ARTICULO 3: Notifíquese a los Sres. Santos Miguel Castro y Gonzalo Javier Toconas. Archívese.-
Mamani Jorge Ricardo
Presidente