BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 14/02/22
N° 163.- Escritura Ciento Sesenta y Tres.- Transcripción de Acta de Asamblea N° 13 de Ampliación de Objeto Social y Cambio de Domicilio y Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 16 de Elección de Autoridades, ambas del “GRUPO MINERO LOS BOROS S.A.”- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los Treinta días del mes de Julio del año dos mil veintiuno, ante mí Mariana Antoraz, Escribana Pública Autorizante, Titular del Registro Notarial Sesenta y Nueve, Comparece: el señor Raúl Francisco Ramón MIGNACCO, argentino, Documento Nacional de Identidad once millones trescientos cincuenta y nueve mil ciento ochenta y tres, C.U.I.T. 20-11359183-9, nacido el 22/03/1955, empresario, casado en primeras nupcias con Amelia Edith FIORAMONTI, con domicilio en Avenida Doctor Ricardo Balbín 1469 del Barrio Bajo La Viña de esta ciudad. Persona capaz para este acto y de mi conocimiento doy fe, como así también la doy de que concurre a este acto en su carácter de PRESIDENTE del Directorio en nombre y representación de GRUPO MINERO LOS BOROS SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. 30-70987094-3, con domicilio social actual y domicilio fiscal en Avenida Doctor Ricardo Balbín 1469 del Barrio Bajo La Viña de esta ciudad. Y en el carácter invocado, dice: que requiere mis servicios notariales al solo efecto de elevar a Escritura Pública el Acta de Asamblea número 13 de fecha 12 de Julio de 2.018 labrada en los folios 26 al 29 del Libro de Actas correspondiente N°1 debidamente rubricado por autoridad competente, referente a la MODIFICACIÓN PARCIAL DEL ESTATUTO SOCIAL: ARTÍCULO CUARTO: AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y ARTÍCULO UNO CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL, como así también del Acta de Asamblea número 16 de fecha 08 de Julio de 2.021 labrada en los folios 33 al 36 de igual Libro de Actas, referente a la ELECCIÓN DE AUTORIDADES. Se deja constancia que ambas Asambleas fueron debidamente CONVOCADAS mediante Actas de Directorio N° 14 y 17 respectivamente. A tal fin, procedo a transcribir en forma íntegra y completa ambas actas societarias correspondientes; cuyo original tengo a la vista para este acto, doy fe. I.- TRANSCRICIÓN: I. A)“ACTA DE ASAMBLEA Nº 13.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los doce días del mes de Julio del año dos mil dieciocho, siendo las diecinueve horas, se reúnen la totalidad del capital accionario de GRUPO MINERO LOS BOROS S.A., en su sede social de calle Av. Ricardo Balbín N° 1469 de esta Ciudad y bajo el régimen del artículo 237, última parte de la Ley de Sociedades Comerciales (Asamblea Unánime), según consta el folio 13 del libro de Depósitos de Acciones y Registro de Asambleas Generales N°1 y Folio 1 del Libro de Registro de Acciones N° 1 y con la presencia del Síndico de la Sociedad; se da comienzo el acto dando lectura a los temas del Orden del día que textualmente dice: 1) Modificación del artículo cuatro de la escritura de Constitución de Grupo Minero los Boros S.A. 2) Cambiar domicilio legal. 3) Designación de único socio firmante para los trámites pertinentes de modificación del Objeto de la Sociedad y del Cambio de domicilio. Se da por comenzado el acto pasando a tratar la Asamblea el PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Toma la palabra el Lic. Franco Mignacco e informa a los presentes que el artículo cuarto incorporando las modificaciones quedaría redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO– OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el exterior a las siguientes actividades: a) EXPLOTACIÓN DE MINAS y/o CANTERAS: a.1 De metales: mediante la explotación, adquisición y explotación de las minas y canteras de metales ferrosos y no ferrosos; elaboración y venta de sus productos, pudiendo a tal fin adquirir y enajenar minas y todo derechos minero dentro y fuera del país; hacer manifestaciones de hallazgos, solicitar cateos, socavaciones o restauraciones, minas vacantes, expropiaciones de superficies, servidumbres y cualquier otro derecho establecido en el Código de Minería y en otras disposiciones legales en vigencia o a dictarse; a.2. De minerales: mediante la exploración y/o explotación de minas, canteras y/o yacimientos, depósitos de canto rodado, arenas, arcillas o similares, minerales ferrosos y no ferrosos, así como efectuar estudios de localización y trabajos de cateo, de extracción y de purificación de sus productos.- b) IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN: De acuerdo a las reglamentaciones vigentes y a dictarse, directa o indirectamente, por representantes o en representación de cualquier entidad, de todo tipo de materiales; insumos, maquinarias y/o equipos, y todo tipo de productos relacionados con las actividades insertas en este artículo, pudiendo llevar a cabo todo tipo actos civiles y comerciales en el marco de la legislación vigente y a dictarse.- c) MANDATOS: Mediante el ejercicio de representaciones y mandatos referidos a la comercialización de los bienes mencionados en los ítems anteriores, y a la prestación de servicios relacionados.- d) FINANCIERAS: mediante préstamos con o sin garantía real, a corto o largo plazo, inversión o aporte de capitales a personas o empresas o sociedades existentes o a constituirse o a particulares, para toda clase y tipo de operaciones, negociaciones de títulos, acciones, obligaciones negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, de cualquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse, con capitales propios, excluyéndose las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras.- e) ACTIVIDAD METALÚRGICA EN GENERAL Y A LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN: Mediante la construcción de hormigón, obras camineras, de pavimentación, hidráulicas, ferroviarias, edilicias de urbanización, de iluminación, públicas o privadas, pudiendo hacer las correspondientes a obras arboladas, electrificación y provisión de gas. Realizar todas aquellas obras y negociaciones complementarias y conexas a los efectos precedentemente enumerados. Realizar inversiones en empresas similares, asesorar, financiar y negociar con las inversiones realizadas.- Y f) ACTIVIDAD AGRÍCOLA- GANADERA: Efectuar actividades agrícolas y ganaderas por su propia cuenta o de terceros. A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para ejercer derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos y celebrar todos los contratos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”. Moción que puesta a consideración es Aprobada Por Unanimidad. Acto seguido, se procede a tratar el Segundo Punto del Orden del Día, toma la palabra el Sr. Raúl Francisco Mignacco, quien enuncia que el nuevo domicilio legal, será Av. Ricardo Balbín N° 1469 de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, Argentina. Moción que puesta a consideración es Aprobada por Unanimidad. Acto seguido, se procede a tratar el Tercer Punto del Orden del Día, toma la palabra el Lic. Franco Mignacco quien enuncia que debido a sus numerosos compromisos propone a Raúl Francisco Mignacco como firmante único y suficiente para los trámites pertinentes de modificación del artículo cuarto, cambio de domicilio y firmar las escrituras públicas correspondientes y que se designe al Escribano Fernando Raúl Navarro, Matrícula N° 3 y Registro N° 31 para realizar dichos trámites ante los organismos y registros correspondientes. Moción que puesta a consideración es APROBADA POR UNANIMIDAD. Sin más asuntos por tratar y siendo las veintiuna horas se da por finalizada la reunión, previo cuarto intermedio en el que se redactó, leyó y firmó la presente acta. Hay dos firmas cada una con su correspondiente sello aclaratorio que dicen: “GRUPO MINERO LOS BOROS S.A. RAUL FRANCISCO MIGNACCO PRESIDENTE”, y “GRUPO MINERO LOS BOROS S.A. FRANCO MIGNACCO VICEPRESIDENTE”. I.B) ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Nº 16: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 8 días del mes de Julio del año dos mil veintiuno, siendo las diecinueve horas, se reúnen la totalidad del capital accionario del GRUPO MINERO LOS BOROS S.A., en su sede social de calle Av. Dr. Ricardo Balbín Nº 1469 de esta ciudad y bajo el régimen del artículo 237, última parte de la Ley de Sociedades Comerciales (Asamblea Unánime), según consta en el folio 11 del libro de Depósitos de Acciones y Registro de Asambleas Generales Nº 1 y Folio 1 del Libro de Registro de Acciones Nº 1 y con la presencia del Síndico de la Sociedad, se da comienzo al acto dando lectura al único punto del Orden del día que textualmente dice: 1) Renovación de Autoridades de la Sociedad. Se da por comenzado el acto pasando a tratar en la Asamblea el único punto del orden del día que se refiere a la Elección de autoridades toma la palabra el Lic. Franco Mignacco e informa a los presentes que ante el próximo vencimiento de mandatos se debe elegir un nuevo Directorio y Sindico por el plazo de tres años, en un todo de acuerdo con el Estatuto de la Sociedad. Toma la palabra el Sr. Franco Mignacco y propone lo siguiente: Raúl Francisco Ramón Mignacco Director Titular Presidente; Franco Mignacco Director Titular Vicepresidente; Juan Francisco Mignacco Director Vocal Suplente Nº 1; Amelia Edith Fioramonti Director Vocal Suplente Nº 2; Contador Jorge Ernesto Cícero Sindico Titular y Contador Nicolás Montiel Síndico Suplente; moción que puesta a consideración es aprobada por Unanimidad. Presentes en este acto todos los miembros electos, Aceptan formal y expresamente sus cargos, y Declaran bajo juramento 1) no encontrarse comprendidos en ninguna de las causales de incompatibilidad normadas por el art. 264 de la L.G.S. y 2) NO ser Personas Políticamente Expuestas según lo establecido en las resoluciones de la U.I.F. A los fines de la inscripción ante las autoridades competentes se detallan todos los datos personales: Director Titular Presidente: Raúl Francisco Ramón MIGNACCO, argentino, Documento Nacional de Identidad 11.359.183, C.U.I.T.20-11359183-9, nacido el 22/03/1955, empresario, casado. Director Titular Vicepresidente: Franco MIGNACCO, argentino, Documento Nacional de Identidad 29.676.073, C.U.I.L. 20-29676073-1, nacido el día 24/12/1.982, Licenciado en Administración de Empresas, divorciado. Director Vocal Suplente Nº 1: Juan Francisco MIGNACCO; argentino, Documento Nacional de Identidad 30.726.871, C.U.I.L. 20-30726871-0, nacido el 10/05/1984, Arquitecto, soltero. Director Vocal Suplente Nº 2: Amelia Edith FIORAMONTI; argentina, Documento Nacional de Identidad 12.738.225, C.U.I.T. 27-12738225-0, nacida el 28/03/1958, docente, casada. Sindico Titular: Jorge Ernesto CÍCERO argentino, Documento Nacional de Identidad 12.007.418, C.U.I.L. 20-12007418-1, nacido el 29/11/1956, Contador Público Nacional, casado. Sindico Suplente: Nicolás MONTIEL, argentino, Documento Nacional de Identidad 29.206.609, C.U.I.L. 20-29206609-1, nacido el 14/04/1982, Contador Público Nacional, casado. Todos denuncian domicilio especial: Avenida Doctor Ricardo Balbín 1469 del Barrio Bajo La Viña de esta ciudad. Se deja constancia que de conformidad al artículo 12 del contrato constitutivo el uso de la firma de la sociedad estará a cargo del Presidente y/o Vicepresidente del Directorio en forma INDISTINTA, siendo AMBOS los representantes de la sociedad. Toma la palabra el Sr. Raúl Francisco Mignacco y propone que para las gestiones pertinentes a la inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia, previa conformidad administrativa en Fiscalía de Estado, de la presente elección de autoridades, como así también de las modificaciones del estatuto realizadas mediante ACTA DE ASAMBLEA Nº 13 de fecha 12/07/2018: referente a la ampliación de objeto social y cambio de domicilio, se designe a la Escribana Mariana Antoraz Titular del Registro Notarial 69. Moción que puesta a consideración se aprueba por UNANIMIDAD, quedando facultado el Sr. Raúl Mignacco a suscribir todas las escrituras públicas que fueran menester. Sin más asuntos por tratar y siendo las veintiuna horas se da por finalizada la reunión, previo cuarto intermedio en el que se redactó, leyó, firman todos los presentes de plena conformidad. Hay dos firmas cada una con su correspondiente sello aclaratorio que dicen: “GRUPO MINERO LOS BOROS S.A. RAUL FRANCISCO MIGNACCO PRESIDENTE”, y “GRUPO MINERO LOS BOROS S.A. FRANCO MIGNACCO VICEPRESIDENTE” y otras cuatro firmas ilegibles cada una con su correspondiente aclaración de puño y letra que dicen: MIGNACCO JUAN FRANCISCO, AMELIA FIORAMONTI, CR. JORGE E. CÍCERO y NICOLÁS MONTIEL.” LO TRANSCRIPTO ES COPIA FIEL de las Actas de Asamblea 13 y 16, correspondientes a la empresa GRUPO MINERO LOS BOROS S.A. cuyo Libro N° 1 se encuentra debidamente habilitado por el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, e inscripto al Folio 275 Asiento 269 Libro I de Sociedades Anónimas en fecha 25 de Septiembre de 2006, doy fe.- CORREO ELECTRÓNICO: El compareciente, en el carácter invocado, denuncia que toda notificación debe efectuarse al correo electrónico: mignaccofranco@gmail.com. II. ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN: ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN: GRUPO MINERO LOS BOROS S.A. El señor Raúl Francisco Ramón Mignacco acredita su calidad de PRESIDENTE y la existencia legal de la sociedad que representa con la siguiente documentación: a) Contrato Social y Estatuto otorgado mediante Escritura 56 de fecha 25 de abril de 2006, Escritura Rectificatoria y aclaratoria 80 de fecha 26 de julio de 2006 y Escritura complementaria de asentimiento conyugal número 25 de fecha 13 de marzo de 2007, todas autorizadas por el Escribano Ernesto González de los Ríos, Notario Titular del Registro 13 de esta ciudad, cuyos Primeros Testimonios se encuentran inscriptos en el Registro Público de Comercio de esta Provincia con fecha 25 de septiembre de 2006 al Folio 275, Acta 269, del Libro I de Sociedades Anónimas, y Registrado con copia bajo Asiento 9 al Folio 147/163 del Legajo XI del Registro de Escrituras Mercantiles de Sociedades Anónimas y en el Juzgado Administrativo de Minas se Registró al Folio 32 Asiento 338 del Libro 29 de Negocios de minas en fecha 14 de marzo de 2007, instrumento del cual surge, que el plazo de duración de la sociedad es de 50 años. b) Acta de Asamblea General Ordinaria Unánime N°16 de fecha 08/07/2021, de elección de autoridades, distribución y aceptación de cargos respectivamente, antes referida. Y c) Libro de Registro de Accionistas y Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales del cual consta que la asamblea referida en el inciso b) que antecede, se llevó a cabo en legal forma. III. ROGACIÓN: El requirente ruega a la Escribana autorizante, expida Primer Testimonio de la presente y proceda a realizar todas las diligencias que fueren menester para obtener la inscripción de las modificaciones al estatuto social y de la renovación de autoridades en el Juzgado de Comercio de la provincia, quedando debidamente facultada la notaria para ante Fiscalía de Estado para tramitar la correspondiente previa conformidad administrativa, solicitar las publicaciones de edictos en el Boletín Oficial, presentar escritos, copias certificadas, testimonios, contestar observaciones, vistas, notificaciones, resoluciones, apelarlas, con relación a las observaciones que se formularen en el trámite de inscripción, pudiendo suscribir todos los instrumentos públicos y privados que fueran menester, agilizar trámites, imponerse de la marcha de expedientes e instarlos, aceptar, observar, consentir o apelar las resoluciones y demás actos; pagar sellados, tasas, que correspondan; solicitar recibos y cuanta documentación se le requiera para el mejor desempeño del presente mandato. IV. LEGAJO DE COMPROBANTES: Agrego al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la presente escritura un ejemplar en fotocopia de ambas actas precedentemente transcriptas, del Libro de Accionistas, de las fojas correspondientes al Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales, y de las Actas de Directorio que convocan a las Asambleas, por último se deja constancia que la documentación referida en el punto II a) obra agregada al Legajo de Comprobantes de la escritura 71 del año 2016, autorizada por ante mí, doy fe. Previa lectura y conformidad, firma el requirente, en el carácter invocado y acreditado, todo por ante mí, Escribana Autorizante, doy fe.- Hay UNA firma ilegible con su respectiva aclaración de puño y letra, que dice “R. MIGNACCO”.-Está mi firma y sello notarial.- CONCUERDA fielmente con su Escritura matriz que pasó por ante mí a los folios 788 al 792 del Protocolo Sección “A” del Registro Notarial Sesenta y Nueve, a mi cargo, doy fe. Para “GRUPO MINERO LOS BOROS S.A.”, expido este PRIMER TESTIMONIO en CINCO hojas de Actuación Notarial números B00161467 a la B00161471, que firmo y sello en el lugar de su otorgamiento, en fecha cuatro de agosto del año dos mil veintiuno.- ESC. MARIANA ANTORAZ- TIT. REG. Nº 69- S.S. DE JUJUY.-
RESOLUCION Nº 046-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-009/2021.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 08 de Febrero de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDAD COMERCIALES – FISCALIA DE ESTADO
14 FEB. LIQ. Nº 26911 $1.000,00.-