BOLETÍN OFICIAL Nº 15 – 04/02/22

Dra. María Del Huerto Sapag-Vocal por Habilitación de la Cámara Civil y Comercial, Sala II, Vocalía 5 de la Provincia de Jujuy, en Expte Nº C-155347/2020 caratulado: “Cumplimiento de Contrato/Obligación: MAMANI DALMACIO c/ RODRIGUEZ GABRIEL FERNANDO; ROMERO HILDA”, se ha dictado el siguiente Resolución: en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 27 días del mes de noviembre del año dos mil veinte, reunidos los Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, Dres. Jorge Daniel Alsina, María del Huerto Sapag y Enrique Mateo, vieron el Expte Nº C-155.347/20 caratulado “Cumplimiento de contrato/obligación: Mamani, Dalmacio c/ Rodríguez, Gabriel Fernando y Romero, Hilda” y luego de deliberar … la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy; Resuelve: I.- Hacer lugar a la demanda por cumplimiento de contrato promovida por Dalmacio Mamani en contra de Gabriel Fernando Rodríguez e Hilda Romero, condenando a estos a abonar la suma de $ 100.197,59 ($30.000 daños directo, $21.612,67 por mora y $48.584,91 por gastos). II.- Imponer las costas a los demandados. III.- Regular los honorarios del Dr. Normando Hugo Condori en $25.040. Solo en caso de mora llevarán los interese establecidos en los considerandos, mas I.V.A. si correspondiere. IV Notificar, agregar copia, protocolizar, etc.- Fdo. Dres. Jorge Daniel Alsina, María del Huerto Sapag y Enrique Mateo. Ante mí: Dra. Rocío Gismano, Prosecretaria.- Providencia de fs….San Salvador de Jujuy, 06 de Diciembre de 2.021.- I- Proveyendo a la presentación de fs. 140: Atento lo solicitado por el Dr. MIGUEL ANGEL BURGOS, procédase a notificar a los accionados HILDA ROMERO y GABRIEL FERNANDO RODRIGUEZ la sentencia recaída en autos, mediante edictos debiendo publicarse en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días.- II- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma.- III- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dra. María del Huerto Sapag-por Habilitación. Ante mí Dra. Aixa Yazlle- Prosecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 15 de diciembre de 2021.-

 

04/07/09 FEB. LIQ. Nº 26779 $1.350,00.-