BOLETÍN OFICIAL Nº 15 – 04/02/22

Acta N° 6203: En esta Ciudad de Córdoba, a cinco días del mes de octubre de dos mil veintiuno, una vez reunido el quórum necesario para deliberar, con el debido distanciamiento físico y tomando todas las medidas de seguridad, se reúnen en la sede social de Vito Remo Roggio 3531, los señores Directores de “BENITO ROGGIO E HIJOS S.A.”, con asistencia de un miembro representante de la Comisión Fiscalizadora, bajo la presidencia del Ing. Henry Elso PERRET, iniciándose la sesión siendo las nueve horas, para tratar lo siguiente: PUNTO 1: LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021 – “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY- TRAMO: VOLCAN- TILCARA”, convocada por el ENTE AUTÁRQUICO REGULADOR DE PLANIFICACIÓN URBANA – GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.- El Ing. Henry Elso PERRET expone al Directorio la conveniencia de presentarse a la citada Licitación, cuya apertura fue convocada para el día 18 de octubre del 2021, con la Empresa “JUMI S.R.L.”, de forma conjunta, mancomunada y solidaria; asumiendo el compromiso de constituir, en caso de resultar adjudicatarias, una Unión Transitoria, de conformidad a los arts. 1463 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación. Luego de un intercambio de ideas y analizados los antecedentes, se resuelve por unanimidad: I. LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021- “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY- TRAMO: VOLCAN- TILCARA”, en adelante LA LICITACION, convocada por el ENTE AUTÁRQUICO REGULADOR DE PLANIFICACIÓN URBANA-GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en adelante denominado EL CONTRATANTE, con la Empresa “JUMI S.R.L.”, de forma conjunta, mancomunada y solidaria; asumiendo el compromiso de constituir, en caso de resultar adjudicatarias, una Unión Transitoria, de conformidad a los arts. 1463 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación con una participación de “BENITO ROGGIO E HIJOS S.A.” del 55% y de “JUMI S.R.L.” del 45% restante.- II. Autorizar a los Sres. Ing. Henry Elso PERRET, D.N.I.: 13.499.519; Cr. Diego Víctor Zampini, D.N.I.: 22.564.063, Ing. Jorge Gustavo ESPINOZA, D.N.I.: 17.012.349, Ing. Carlos María ARREDONDO, D.N.I.: 13.531.079, para que en forma indistinta, uno cualquiera de ellos, en nombre y representación de “BENITO ROGGIO E HIJOS S.A.”, actúen en todo lo relacionado con la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021- “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY- TRAMO: VOLCAN- TILCARA”, en adelante LA LICITACION, convocada por el ENTE AUTÁRQUICO REGULADOR DE PLANIFICACIÓN URBANA- GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en adelante denominado EL CONTRATANTE, con facultades para celebrar contratos, acuerdos o convenios, firmando todos los instrumentos públicos o privados que puedan ser exigidos para tales fines, asumiendo compromisos con todas las facultades necesarias  para actuar ante “JUMI S.R.L.” y ante el ENTE AUTÁRQUICO REGULADOR DE PLANIFICACIÓN URBANA- GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, así como ante todo organismo Oficial, Provincial, Nacional, Municipal y/o Privado, a fin de efectuar toda clase de gestiones que guarden relación con el referido llamado a LA LICITACIÓN y su eventual adjudicación, facultándolos igualmente a recibir notificaciones, suscribir y presentar la oferta y toda clase de documentación, notas, declaraciones juradas y cualquier otro instrumento que fuere necesario para cumplimentar los requisitos exigidos por EL CONTRATANTE; como asimismo para que intervengan en el Acto de Apertura de LA LICITACIÓN de que se trata, con facultades para revisar la documentación presentada por las otras oferentes, hacer manifestaciones, efectuar impugnaciones, suscribir el acta respectiva y realizar toda otra actividad que haga a la defensa de los derechos de la Empresa en tal oportunidad. También se los faculta especialmente para constituir domicilio especial, y en su caso, suscribir la documentación necesaria a efectos de unificar personería, designar representante técnico y, en caso de resultar adjudicatarios, suscribir el contrato de Unión Transitoria con “JUMI S.R.L.”, de conformidad con las disposiciones de los arts. 1463 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, a constituirla en forma definitiva y a inscribirla en el organismo registral competente, en caso de resultar adjudicatarias. Asimismo, se los faculta para suscribir el correspondiente contrato con El CONTRATANTE, en caso de resultar adjudicatarios de LA LICITACIÓN, con todas las facultades necesarias y responsabilizar a la mandante de forma conjunta, mancomunada y solidaria.- III. A los efectos de la Unificación de personería, conferir PODER ESPECIAL a favor de la Empresa JUMI S.R.L., para que actuando a través de sus representantes legales y/o apoderados, represente a “BENITO ROGGIO E HIJOS S.A.” ante el ENTE AUTÁRQUICO REGULADOR DE PLANIFICACIÓN URBANA-GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en adelante denominado EL CONTRATANTE, con facultades para efectuar toda clase de gestiones que guarden relación con la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2021 – “REHABILITACIÓN LINEA “C” DEL FERROCARRIL BELGRANO EN LA PROVINCIA DE JUJUY- TRAMO: VOLCAN- TILCARA”, en adelante LA LICITACION,  con facultades suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a la mandante en el trámite licitatorio y con validez a los efectos de la adjudicación;  suscribir la oferta y/o toda clase de documentación, notas, declaraciones juradas y cualquier otro instrumento público o privado que pueda ser exigido para tales fines, asumiendo compromisos con todas las facultades necesarias a fin de cumplimentar los requisitos exigidos por EL CONTRATANTE; constituir domicilio especial, designar representante técnico; hacer manifestaciones, tomar vistas, notificarse y notificar, efectuar impugnaciones, suscribir el acta de apertura respectiva y realizar toda otra actividad que haga a la defensa de los derechos de la mandante en  relación con LA LICITACION y su eventual adjudicación. Se la faculta, asimismo, para asumir en nombre de la mandante responsabilidad conjunta, mancomunada y solidaria; para recibir instrucciones en nombre de la mandante durante todo el proceso licitatorio, y para suscribir, en caso de resultar adjudicatarias, el correspondiente contrato con EL CONTRATANTE con todas las facultades necesarias.- No habiendo mas asuntos que tratar, siendo las nueve horas, treinta minutos, el Ing. Henry Elso Perret declara levantada la sesión.- ACT. NOT. Nº A 018504260- ESC. ESTEFANIA ADRIANA HADROWA- TIT. REG. Nº 14- CORDOBA-CAPITAL.- LEGALIZACION Nº A 002376251- ESC. RAUL DANIEL FARIAS- LEGALIZADOR- CORDOBA-CAPITAL.- ACT. NOT. Nº A 00230717- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. Nº 2- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 027-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-029-2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 26 de Enero de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDAD COMERCIALES – FISCALIA DE ESTADO

04 FEB. LIQ. Nº 26770 $802,00.-