BOLETÍN OFICIAL Nº 15 – 04/02/22

Juzgado de Primera Instancia N° 3- Secretaria N° 6 de la Provincia de Jujuy, en los autos Expte. N° C-114338/18- caratulado- “Acción de Cambios de Nombres: MENCIAS SILVA, ANGELICA MARIA”, se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 05 de junio de 2018.- Por presentada la Dra. Marta Beatriz Romero, por constituido domicilio legal y por parte, a mérito de la Carta Poder que presenta para actuar en nombre y representación de la Sra. ANGELICA MARIA MENCIAS SILVA. Concédase el Beneficio de Justicia Gratuita en forma definitiva según lo establece el Art. 108 del C.P.C. conforme a constancias de fs. 5/7 de autos. Admítase y dese a la presente causa el trámite de Información Sumaria prevista en los Arts. 417 sgtes. y ccs. del C.P.C. por ofrecida la prueba que se menciona agréguese y téngase presente. Ordenase la publicación de Edictos en el Boletín oficial y un diario local, una vez al mes, durante dos meses, haciéndose saber que se inició el trámite de cambio de nombre y rectificación de partida de ISIS JAZMIN VELASQUEZ DNI 53.124.480, pudiéndose formular oposición al mismo, dentro de quince días hábiles a partir de la última publicación bajo apercibimiento de hacerse lugar a lo solicitado. Líbrense oficios a Mesa General de Entradas de esta ciudad y de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Juzgados Federales N° 1 y N° 2 de esta ciudad capital, a fin de solicitarle Informen si existen medidas cautelares y/o causas judiciales en contra de ISIS JAZMIN VELASQUEZ DNI 53.124.480. Oportunamente, luego de los tramites de Ley, dese la correspondiente participación al Registro Nacional de Estado Civil y Capacidad de Personas, Ministerio de la Defensa Civil, Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes y al Ministerio Público Fiscal. Citase al SR. DAVID HORACIO VELASQUEZ a la Audiencia a celebrarse por ante éste Juzgado y Secretaria N° 6, el día 14 del Mes  de Agosto del cte. Año, a Horas 10:00, en el domicilio denunciado, el que deberá comparecer munido de su documento de Identidad, bajo apercibimiento de lo prescripto por el Art. 334 del C.P.C. y 243 del C.P.C., a fin de rectificar la presente demanda iniciada ante este Juzgado. Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado, Atento a las facultades conferidas en el primer párrafo del art. 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar las diligencias para su posterior control y firma del Juzgado el que deberá presentarse en secretaría en el término de cinco días.- Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo: Marisa E. Rondon- Juez; Ante Mi: Maria Guillermina Sequeiros- Prosecretaria.- Publíquese por tres veces por el termino de cinco dias edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local.- San Salvador de Jujuy, Agosto 8 de 2018.- Juzgado de Primera Instancia N° 3- Secretaria N° 6, Maria Guillermina Sequeiros-  Prosecretaria.-

 

27 DIC. 04 FEB. S/C.-