BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 28/12/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16 – 18577 — 2005 .-
DECRETO N° 1530.05.008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 Diciembre de 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4556/2005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre del año 2005; mediante la cual se prorroga por el término de un (01) año el plazo dispuesto en el Artículo 4° de su similar N° 3619/2002.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, ING. EDGARDO DE JESUS SOSA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94
ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y pase para su conocimiento a las distintas Unidades de Organización de aplicación de la presente norma dependientes de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. Cumplido gírese a conocimiento de las demás Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo, mediante Nota de Estilo remítase copia del presente DECRETO al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. José Luis Martiarena
Intendente
Municipalidad San Salvador de Jujuy
28 de Dic S/C