BOLETÍN OFICIAL Nº 9 – 21/01/22

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

DECRETO ACUERDO N° 2192-G-2022.-

CIUDAD DE PERICO, 17 ENE. 2022.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N” 3768-S-2021 del Gobierno de la Provincia de Jujuy, y el actual agravamiento de la situación epidemiológica del país por la circulación comunitaria de la variante ómicron;

CONSIDERANDO:

Que, la Nación Argentina se encuentra en estado de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica en virtud de la pandemia del COVID 19.

Que, el artículo quinto del mencionado acto administrativo invita a los Municipios a adherir a sus disposiciones.

Que, la principal acción para proteger efectivamente a la población del COVID-19, es el cumplimiento efectivo del Esquema de Vacunación establecido por el Ministerio de Salud de la Nación y de la Provincia de Jujuy.

Que, el agravamiento de la situación epidemiológica del país, por la confirmación de la circulación comunitaria de la variante ómicron, impone a este Departamento Ejecutivo la obligación, de adoptar nuevas medidas en pos de resguardar la integridad y salud de todos los trabajadores municipales.

Que, igualmente, y en la actual coyuntura se hace necesario establecer con claridad los algoritmos de manejo de casos, contactos estrechos y personas sintomicas. De igual manera, es preciso el cumplimiento específico y riguroso de los protocolos de bioseguridad vigentes.

Que, en la actual coyuntura, los especialistas coinciden en que la responsabilidad social es la medida más efectiva para combatir el virus y que en tal sentido debemos aprender a convivir con los cuidados, medidas de prevención, respetando el distanciamiento social, usando tapabocas/barbijos y cumpliendo con todas las medidas de bioseguridad.

Que, progresivamente, se han realizado disposiciones y actos administrativos de restablecimiento progresivo de distintas actividades.

Que, en razón de la gravedad institucional que la cuestión tratada representa para el Municipio, y en virtud de que la resolución a adoptar generara consecuencias jurídicas en los diferentes ámbitos del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad se estima prudente la emisión del presente Decreto Acuerdo.

Por ello, en el ejercicio de las facultades conferidas por el art. 67 inc. 11, 23 y cc.;

DECRETO ACUERDO N° 2192-G-2022

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en Acuerdo con los Secretarios Municipales en uso de las facultades que le son propias y conferidas por ley:

DECRETA:

ARTICULO 1: Adhiérase la Municipalidad de Perico a las disposiciones establecidas por el Decreto Acuerdo N° 3768-S-2021, del Gobierno de la Provincia de Jujuy, y en consecuencia, Dispongase la obligatoriedad de la vacunación contra el COVID-19, para todos los agentes dependientes de la Municipalidad de Perico, cualquiera sea su situación de revista y lugar en el que presten servicios.

ARTICULO 2: En razón de lo establecido en el artículo precedente, establézcase que el personal municipal que no acredite haber recibido al menos una (1) dosis de cualquieras de la vacunas contra el COVID-19, salvo justificación por medio fehaciente e idóneo, no podrá asistir a prestar servicios a su lugar de trabajo, siendo su inasistencia injustificada, con la correspondiente perdida de la remuneración por día no trabajado.

ARTÍCULO 3: Dispónganse la aplicación para el personal dependiente de la Municipalidad de Perico, de los nuevos algoritmos de manejo de casos, contactos estrechos y personas sintomicas establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación y la Provincia de Jujuy, los cuales se incorporan como ANEXO I del presente decreto.

ARTICULO 4: Téngase presente la adhesión dispuesta por el Municipio de Perico a la Ley N° 6170, al Decreto Acuerdo N° 793-G-2020 del Poder Ejecutivo de la provincia de Jujuy establecida mediante Decreto Acuerdo N° 437-G-2020 por lo cual se faculta al Poder Ejecutivo Municipal a disponer el cambio de funciones de los empleados, cualquiera sea el tipo de vínculo laboral y/o situación de revista y lugar donde preste servicios, en el marco de la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica provocada por el COVID 19, pudiendo asignarse al personal otras funciones que se estimen necesarias para proceder a mitigar y/o combatir las epidemias de Dengue y COVID 19.

ARTICULO 5: Facúltese a las Secretarías, Direcciones y aéreas correspondientes al Departamento Ejecutivo para que dispongan la prestación de tareas por parte del personal municipal dependiente, en las modalidades que en cada caso se estimen adecuadas, a fin de proteger a los trabajadores y los ambientes de trabajo, pudiendo disponer en forma excepcional la afectación del personal en horarios y turnos matutinos y vespertinos, por el término que dure la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica dispuesta por Decreto Acuerdo N° 335-G-2020 y demás normas concordantes.

ARTICULO 6: Dispóngase la continuidad de la prohibición de acceso y atención a la ciudadanía y al público en general de todas las oficinas y dependencias municipales, exhortando a la población a no concurrir a las oficinas municipales, salvo casos de extrema y urgente necesidad. Adviértase que toda solicitud y trámite deberá realizarse, sin excepción, por la mesa única de entrada, la que deberá continuar cumpliendo las medidas de salubridad y seguridad de emergencia.

ARTICULO 7: Dispóngase que los Secretarios, Sub-Secretarlos, Directores, y demás Encargados de las distintas dependencia municipales, deberán extremar las medidas y acciones en pos de dar estricto cumplimiento con los Protocolos de Bioseguridad vigentes.

ARTICULO 8: Facúltese a la Dirección de Recursos Humanos, a disponer todas las acciones y medidas necesarias a fin de brindarle operatividad, aplicación y vigencia a las disposiciones del presente decreto.

ARTICULO 9: Establézcase que la Resolución Conjunta Nº 04/2021 de los Ministerios de Salud, y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, será de aplicación en el ámbito de la Municipalidad de Perico. en lo que no se oponga al presente decreto.

ARTICULO 10: Remítase el presente decreto al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Perico, a los efectos pertinentes.

ARTICULO 11: Regístrese, comuníquese al COE Municipal y a las Secretaria de Gobierno, de Hacienda y Desarrollo y Ordenamiento Territorial; a la Sub-Secretaria de Desarrollo Productivo, Sub-Secretaria de Planificación Estratégica y Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Oficial, dese amplia difusión y cúmplase.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente

 

ANEXO I.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente