BOLETÍN OFICIAL Nº 113 – 07/10/16

Icon_PDF_6El Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez Presidente de Trámite de la Cámara Civil y Comercial, Sala II, a cargo de la Vocalía Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-281660/12, caratulado: Incidente de Ejecución de Sentencia y Honorarios en B- 259596/11 Limsa y María Virginia Frías c/ Hinojosa Juana Elizabeth, se ha dictado el siguiente proveído: ordena: San Salvador de Jujuy, 11 de Octubre del 2.012. Téngase por presentado la Dra. María Virginia Frias,  por constituido domicilio legal, en nombre y representación de Empresa LIMSA S.A. a mérito de fotocopia de Poder General para juicios que se agrega a fs 10/11 de Expte Principal B-259596/11. Asimismo líbrese en contra de Juana Elizabeth Hinojosa, mandamiento de intimación de pago por la suma de $5.027,64, discriminados de la siguiente manera $4.294 en concepto de capital y $ 733,40 en concepto de honorarios de la Dra. María Virginia Frías proveniente de la planilla de liquidación aprobada en el Expediente Principal B-259596/11 y de sentencia de fecha 30/07/12, con más la suma de $1000, presupuestados provisoriamente por accesorias legales. En defecto de pago, trábese embargo hasta cubrir ambas cantidades, sobre bienes muebles de propiedad del demandado, de uso no indispensable, que se encuentre en el domicilio denunciado, designándose como depositario judicial al propio afectado, y en caso de ausencia o negativa, a tercera persona de responsabilidad y arraigo, con las formalidades y prevenciones de Ley. Asimismo se las intimará para que manifiesten si los bienes embargados reconocen prenda o algún gravamen y en caso afirmativo, indique el nombre del acreedor y monto de la deuda. En el mismo acto, se lo citará de remate para que dentro de los cinco días con más la ampliación legal de veintidos días en razón de la distancia del notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevara delante la presente ejecución. Intimase a la demandada, para que en el término precedentemente señalado, constituya domicilio legal, dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles las posteriores Resoluciones, cualquiera fuere su naturaleza, por Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. A tal fin, comisiónese al Oficial de Justicia para la efectivización de la presente medida. Impónese la carga del mandamiento ordenado a la actora, en virtud de lo dispuesto por los arts. 50 y 72 del CPC. Intímese a la Dra. María Virginia Frías a que en el término de Cinco Días cumpla con el pago de aporte inicial estampillas profesionales  y  previsional  y  tasa de justicia, bajo apercibimiento de comunicar su incumplimiento a los organismos pertinentes. Notifíquese por cédula. Fdo: Dr. Jorge Daniel Alsina -Pte. De Trámite- Ante mi: Analía Lorente- Prosecretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días, en letra 7b sin agregados ni enmiendas.- Secretaria, San Salvador de Jujuy, de de 2016.

 

05/07/12 OCT. LIQ. Nº 124016 $270,00.-