BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 27/01/06

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LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5501

 

ARTICULO 1º.- Ratificase en todas sus partes el Convenio MEC y T Nº 326/05, celebrado en fecha 15 de Noviembre de 2004, entre el MINISTRO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA NACIÓN, representado por su titular Lic. DANIEL FILMUS, el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS DE LA NACIÓN, representado por su titular Ing. JULIO DE VIDO, por una parte; y por la otra parte el Gobierno de la Provincia de Jujuy representado por su titular el DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER, a través del cual la Provincia adhiere al “PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA EDUCATIVO” y su implementación financiado por el contrato de Préstamos Nº 1345/OC-AR suscripto por la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de diciembre de 2005.-

 

EDUARDO R. ALDERETE

Secretario Administrativo

A/C Secretaria Parlamentaria

Legislatura de Jujuy

 

WALTER B. BARRIONUEVO

PRESIDENTE

LEGISLATURA DE JUJUY

 

 

EXPTE. Nº 0200-1372/2005

CORRESP. A LEY Nº 5501

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 ENE. 2006.-

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

WALTER B. BARRIONUEVO

VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO