BOLETÍN OFICIAL Nº 15 – 03/02/06

Icon_PDF_6LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5502

 

ARTICULO 1.- Exclúyase del Artículo 4 inciso g) de la Ley Nº 5233 “De Mantenimiento de la Emergencia Económica y Administrativa” modificada por la Ley Nº 5450 al personal de la Administración Pública Provincial que le faltaren dos (2) años de prestación de servicios o edad para acceder al beneficio jubilatorio ordinario previsto en la Ley Nacional Nº 24.241.

La presente medida se aplicará conforme a la reglamentación que al respecto dicte el Poder Ejecutivo Provincial la que deberá contemplar las necesidades del servicio y la disponibilidad financiera de la hacienda pública.

ARTICULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a dejar sin efecto las disposiciones de restricción salarial que se hubieran dictado con fundamento en el estado de emergencia económica en forma proporcional e igualitaria. Al respecto sólo subsistirán las indicadas en el Artículo 4 de la Ley Nº 5233 y sus modificatorias.

ARTICULO 3.- Modificase el Artículo 5 de la Ley Nº 5450, por lo cual el Artículo 6, Apartado C, Numeral 2, de la Ley Nº 5233 quedará redactado de la siguiente manera:

“2.-Dirección General del Servicio Penitenciario: Cargos de Subayudantes y Oficiales”.

ARTICULO 4.- Las disposiciones de la presente rigen a partir del 1 de Enero de 2006.

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de diciembre de 2005.-

 

Dr. EDUARDO R. ALDERETE

Secretario Administrativo

A/C  Secretaría Parlamentaria

Legislatura de Jujuy

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

EXPTE.Nº0200-1382/2005

CORRESP. A LEY Nº 5502.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 ENE. 2006-

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda para su conocimiento y oportunamente , ARCHÍVESE.-

 

WALTER B. BARRIONUEVO

VICE- GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO