BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 10/02/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°       4494  – 00 –  2.005.-

DECRETO   N°          0423.05.007           .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAY. 2005

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:­

ARTICULO 1°.-  Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4.226/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 2 celebrada el día 7 de Abril de 2.005, mediante la cual y en virtud  de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/2.003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA S.A., a la Señora MIRTA NORMA CISTERNA, L.C. N° 4.883.944, por el inmueble de su propiedad individualizado como Circunscripción 1, Sección 11, Lote 6, Manzana 93, Padrón A-1-17485, ubicado en calle Bouchard N° 753 del Barrio San Pedrito de esta Ciudad, correspondiente a los períodos 2.002, 2.003 y 2.004, en atención a los motivos expuestos en el exordio.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

Municipalidad de San Salvador de Jujuy

10 FEB. S/C