BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 10/02/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE  N°    16 -0-5329-0- 2005 . –

DECRETO    N° 0471.05.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  11 Mayo 2005.

                        

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4257/2005,  sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 3 celebrada el día 14 de Abril de 2005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 41° Inc. a), b), c) y d) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/03) en vigencia, se exíme del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios, al Señor BURGOS JULIO CARLOS D.N.I. N° 3.993.239, por el inmueble de su propiedad individualizado como Manzana 14 Lote 9, Padrón N° A-2471, ubicado en calle Constitución N° 429 del Barrio Cuyaya de esta Ciudad, correspondiente a los períodos 1998 (desde la 4ta. Cuota), 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003 (hasta la 12va. Cuota);  por ser persona de escasos recursos económicos.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

Municipalidad de San Salvador de Jujuy

10 FEB. S/C