BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 10/02/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPTE N° 16-0-5183-0-2005. –
DECRETO N° 0443.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 Mayo 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4249/2005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día Jueves 14 de Abril del año 2005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 836/89, que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario (Ordenanza N° 430/82 a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios por el Período 2001, a las personas Jubiladas y Pensionadas de escasos recursos económicos debidamente acreditadas su condición como tal, por los inmuebles de su propiedad cuya nómina y demás datos y cuotas exentas se detallan en la Ordenanza citada anteriormente.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
Municipalidad de San Salvador de Jujuy
10 FEB. S/C