BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 10/02/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE.  N°  16 -0-4481-0- 2005 . –

DECRETO         N°  0421.05.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de Mayo 2005.-    

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4234/2005,  sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 2, celebrada el día 07 de Abril de 2005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003)se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor GUSTAVO LLANES D.N.I. N° 20.811.333, por el inmueble de su propiedad individualizado como Circunscripción 1, Sección 6, Lote 8 Manzana 46, Padrón N° 34344/000, ubicado en calle El Clavel N° 106 del Barrio Chijra, de esta Ciudad, correspondiente a los periodos 2003 y 2004, por ser persona de escasos recursos

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

Municipalidad de San Salvador de Jujuy

10 FEB. S/C