BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 10/02/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPTE. N° 16 -0-4481-0- 2005 . –
DECRETO N° 0421.05.007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de Mayo 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4234/2005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 2, celebrada el día 07 de Abril de 2005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003)se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor GUSTAVO LLANES D.N.I. N° 20.811.333, por el inmueble de su propiedad individualizado como Circunscripción 1, Sección 6, Lote 8 Manzana 46, Padrón N° 34344/000, ubicado en calle El Clavel N° 106 del Barrio Chijra, de esta Ciudad, correspondiente a los periodos 2003 y 2004, por ser persona de escasos recursos
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
Municipalidad de San Salvador de Jujuy
10 FEB. S/C