BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 13/02/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16-0-5609 – 00 – 2.005.-
DECRETO N° 0494 . 05 . 007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAYO 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4269/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 4 celebrada el día 21 de Abril de 2.005, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 836/89, que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 430/82) a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios, por el período 2.001, a las personas Jubiladas y Pensionadas de escasos recursos económicos, debidamente acreditados su condición como tal por los inmuebles de su propiedad, cuya nómina, datos y cuotas exentas se detallan en el Artículo 1° de la citada Ordenanza.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
Munic. de San Salvador de Jujuy
13 FEB. S/C