BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 13/02/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPTE. N° 16-0- 7314 -0- 2005.-
DECRETO N° 1406.05.007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 NOV. 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.245/2.005 sancionada en Insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día Jueves 19 de Mayo del año 2005, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2° de la Ordenanza N° 1.287/1992 y su modificatorias N° 2207/96, se exime del pago de la Tasa por el Servicio de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., a la Sra. CARMEN LUISA CONTRERAS D.N.I. N° 9.637.566, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 25, Manzana 159, Padrón A-41490, ubicado en calle Bustamante N° 272 del Barrio Coronel Arias de esta Ciudad; por los períodos que adeuda hasta el 2.004 (total), por ser persona de escasos recursos económicos.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
Munic. de San Salvador de Jujuy
13 FEB. S/C