BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 10/02/16
Dr. Juan Pablo CALDERON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, Secretaria N° 2, de la provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-050169/15-caratulado “Ausencia con presunción de fallecimiento CHURQUINA LORENZO”, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado el decreto que se transcriben a continuación: San Salvador de Jujuy, 2 de setiembre de 2.015.- 1.- Téngase por presentado al Dr. José Antonio ALCAZAR, apoderado de Marina Eva CHURQUINA, DNI. 10.264.598, a mérito de fotocopia juramentada de poder que acompaña a fs. 5 Por constituido domicilio legal, 2.- Dése al presente proceso el trámite el que prevee la Ley N° 14394 Arts. 22 y ss y concordantes. 3.- Publíquese edictos una vez por mes durante seis meses Art. 14 de la Ley 14.394. 4.- Dése intervención al Ministerio Público Fiscal y al Defensor Oficial de Ausentes que por turno corresponda. 5.- Requiérase a la Administración Nacional de la Seguridad Social, informen si el señor Lorenzo CHURQUINA, nacido en San Pedro de Sococha, Departamento Potosí, Bolivia, hijo de Juan Churquina y Severa Saiquita, casado el 10 de octubre de 1947 en la Mendieta, Departamento San Pedro de esta Provincia con Paulina AIZAMA, de quién no se conocen otros datos personales, si goza de algún beneficio otorgado por ese Organismo, en su caso informe fecha de alta y situación actual. 6.- Requiérase a la Administración Federal de Ingresos Públicos si se encuentra inscripto en el régimen de Seguridad Social y/o como contribuyente, en su caso fecha de alta y situación actual. 7.- Requiérase a la Dirección del Registro Civil informe si se registra la defunción del señor Lorenzo CHURQUINA. 8.- Requiérase a la Dirección de Inmuebles informe si se registra bienes a su nombre. 9.- Requiérase al Juzgado Federal, Secretaria Electoral informe sobre el último domicilio. 10.- Notifíquese Art. 155 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo CALDERON-JUEZ-ante Dra. Silvina RODRIGUEZ ALVAREZ Prosecretaria.- Publíquese por Edicto una vez por mes durante seis meses Art. 14 de la Ley 14.394 en el Boletín oficial, y en un Diario Local.- San Salvador de Jujuy, 9 de Setiembre de 2015.-
11 SEPT. 09 OCT. 11 NOV. 14 DIC./15 11 ENE. 10 FEB. /16 LIQ. Nº 122013 $420,00.-