BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 24/02/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16-0-5615 – 00 – 2.005.-
DECRETO N° 0498 . 05 . 007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAYO 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4275/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 21 de Abril de 2.005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 836/89, que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 430/82) a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia, exímese del pago de la Tasa por Mantenimiento de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios, por el período 1.999, a las personas Jubiladas y Pensionadas de escasos recursos económicos, debidamente acreditada su condición como tal por los inmuebles de su propiedad, cuya nómina, datos y cuotas exentas se detallan en el Artículo 1° de la citada Ordenanza.
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
Munic. de San Salvador de Jujuy
24 FEB. S/C