BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 24/02/06
EXPTE.Nº 500-028/06
SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 DIC 2005
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Prorrógase la emergencia económica y administrativa de la Provincia de Jujuy declarada por leyes 4439, 4440, 4539, 5101, 5233 y 5450.
ARTICULO2º.- Dispónese que cada Ministerio dependiente del Poder Ejecutivo de la Provincia deberá elevar informe relativo a la evolución del estado de emergencia prorrogado por el artículo 1º del presente ordenamiento.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR.