BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 24/12/21
Por la presente se hace saber que en el Expte. N° D-24883/18, caratulado: Ejecución Prendaria: CAMINOA S.A. c/ PEREZ MIRIAM DEL VALLE”, la Dra. Mirta del Milagro Vega, Jueza del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 17, Centro Judicial San Pedro de Jujuy, ha dictado la providencia judicial que en su parte pertinente a continuación de transcribe: San Pedro de Jujuy, 26 de Febrero 2021.- I.- Que, conforme decreto de Poder Ejecutivo de la Provincia N° 2499 de fecha 23/12/2020, mediante la que se designa a la suscripta como Jueza de Primera Instancia Civil y Comercial- Sede San Pedro- habiendo tomado juramento ante el Superior Tribunal de Justicia el día 29/12/2020, me avoco al conocimiento y consideración de la presente causa.- II.- Atento a lo informado por la Secretaría Electoral de la Provincia a fs. 47, Policía de la Provincia a fs. 77vta., 78vta. Oficialía de Justicia fs. 87 y vta.; y habiéndose agotado las diligencias previstas por el art. 162 CPC; notifíquese la providencia judicial de fecha 13 de Setiembre de 2018, que rola a fs. 21, por edictos a la demandada Sra. Miriam del Valle Pérez- DNI N° 28.050.452, los que serán publicados en el boletín oficial y un diario local, por tres veces en cinco días (arts. 2, 5, 6, 14 del C.P.C.).- III.- Notifíquese por cédula (Art. 155 CPC). Fdo. Dra. Mirta del Milagro Vega- Juez- Ante mi Dr. Claudio Roberto Rojas- Prosecretario Técnico de Juzgado.- Otra Providencia: “San Pedro de Jujuy, 15 de Septiembre de 2018.- I.- Téngase por presentado al Dr. Mallagray Mario Rodolfo Alejandro, quien lo hace en representación de CAMINOA S.A, a mérito del poder general para juicios que en copia debidamente juramentada agrega, por constituido domicilio legal y por parte.- II.- …; III.- Tengase por interpuesta la presente ejecución prendaria conforme se solicita y disponen los artículos 478 inciso 1º y 2º del CPC, artículos 26 y concordantes de la Ley 12.962 , Decreto-Ley Nº 15.348/46.- IV.- Atento lo peticionado y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 259, 260 y cctes del CPC, Previa Fianza que en legal forma deberá prestar el actor por ante el actuario, trábese embargo preventivo sobre el automotor marca Volvo, Tipo Tractor con Cabina Dormitorio, Modelo FH 520 4X2 T, año 2016, Motor marca Volvo Nº D13898844A3E, Chasis marca Volvo Nº 9BVRS50A4GE835580 Dominio PND 772, de propiedad de la demandada Sra. PEREZ MIRIAM DEL VALLE DNI 28.050.452, hasta cubrir la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Sesenta ($454.260.-) en concepto de capital con más la suma de Pesos Doscientos Veintisiete Mil Ciento Treinta ($227.130.-), presupuestadas prima facie para acrecidas legales, costos y costas del juicio. A tales efectos, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor de la ciudad de San Pedro de Jujuy- Provincia de Jujuy con cargo de diligencia al Dr. Mallagray Mario Rodolfo Alejandro.- V.- Asimismo, líbrese mandamiento de pago y ejecución en contra de la demandada Sra. PEREZ MIRIAM DEL VALLE DNI 28.050.452 por la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Sesenta ($454.260.-) presupuestadas prima facie para acrecidas legales, costos y costas del juicio. Asimismo cíteselo de remate para que en el término de cinco dias oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de ordenar llevarse adelante la ejecución. Además, requiérasele la manifestación si el bien secuestrado registra algún otro gravamen, en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o juez embargante.- VI.- … VII.- Intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley (artículos 52 y 154 CPC). VIII.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. IX.-Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón- Juez por Habilitación- ante mí Dra. María Laura Duaso Fernández- Pro Secretaria Técnica Judicial.- Publíquese en el boletín oficial y diario local de la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 26 de Febrero de 2021.- Ante mi Dr. Claudio Roberto Rojas- Prosecretario.-
22/24/27 DIC. LIQ. Nº 26482 $1.038,00.-