BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°      6920  – 00 –  2.005.-

DECRETO   N°          0801.05.007          .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUL. 2005

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE                          

SAN SALVADOR DE JUJUY                            

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por Instrumento Legal la Ordenanza N° 4.228/2.005 (INSISTENCIA), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 6 celebrada el día 12 de Mayo de 2.005, mediante la cual y en virtud  de lo dispuesto en el Artículo 41° Incisos a), b), c) y d) del Código Tributario Municipal en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios al Sr. LAZARO MAMANI por el inmueble de su propiedad individualizado como Manzana L, Lote 13, Padrón A-21951, ubicado en calle Casabindo N° 791, Barrio Alto Gorriti de esta Ciudad, correspondiente a los años 1.998, 1.999, 2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004, por ser persona de escasos recursos económicos.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

13 MARZO S/C.-