BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°      6890  – 00 –  2.005.-

DECRETO   N°           1419.05.007         .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 NOV. 2005

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE                          

SAN SALVADOR DE JUJUY                            

DECRETA:

ARTICULO 1°.-  Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.164/2.004 (INSISTENCIA), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 6 celebrada el día 12 de Mayo de 2.005, mediante la cual y en virtud  de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1259/1.992, se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzadas, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor JULIAN BURGOS, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 32, Manzana 148, Circunscripción 1, Sección 11, Padrón A-13755, ubicado en calle Ricardo Gutiérrez N° 1060 del Barrio San Pedrito de esta Ciudad; correspondiente a los años 2.002, 2.003 y 2.004; por ser persona de escasos recursos económicos.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

13 MARZO S/C.-