BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 17/03/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°      5612  – 00 –  2.005.-

DECRETO   N°           0499 . 05 . 007     .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2005.-

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4271/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 21 de Abril de 2.005, mediante la cual y en virtud  de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 836/89, que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 430/82) a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios por el período 2.001 a las personas Jubiladas y Pensionadas de escasos recursos económicos, debidamente acreditada su condición como tal por los inmuebles de su propiedad, cuya nómina, datos y cuotas exentas se detallan en el Artículo 1° de la citada Ordenanza.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

17 MARZO S/C