BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 17/03/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE.  N°  16 -0-5173-0- 2005 . –

DECRETO   N° 0442.05.007         .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAY. 2005.- 

                               

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4259/2005,  sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria, celebrada el día Jueves 14 de Abril de 2005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la  Ordenanza N° 1259/1992, que adecua el  Artículo 45° Inc. a) y b) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003) se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor CEJAS AYALA SABINO D.N.I. N° 93.395.761, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 21 Manzana 36, Padrón N° 20893, ubicado en Avenida Mosconi N° 280 del Barrio Los Perales de esta Ciudad, por los periodos que adeuda, por ser persona de escasos recursos.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

17 MARZO S/C