BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 17/03/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16-0- 4468 – 00 – 2.005.-
DECRETO N° 0418.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAYO 2005
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA
ARTICULO 1°.- Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4.219/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 2 celebrada el día 07 de Abril de 2.005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza 836/89, que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario Municipal vigencia, se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranzas que efectúa la Empresa Limsa S.A., a la Sra. CATALINA RAQUEL BURGOS, D.N.I. N° 3.228.699, por el inmueble de propiedad individualizado como Lote 19, Circunscripción 1, Sección 11, Manzana 142, Padrón N° A-37692, ubicado en Barrio San Pedrito de esta Ciudad, por ser una persona de escasos recursos económicos.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
17 MARZO S/C