BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 17/03/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 7973 – 00 – 2.005.-
DECRETO N° 0959.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 SET. 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.289/2.005 (INSISTENCIA), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de Mayo de 2.005, mediante la cual se modifica el Artículo 2 ° de la Ordenanza N° 1287/92 del Código Tributario Municipal y consecuentemente se exime a los Jubilados y Pensionados Nacionales Provinciales ó Municipales del pago total del Servicio de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA S.A., siempre que estos tengan una Jubilación o Pensión Mínima que no supere los CUATROCIENTOS PESOS ($400), y que acrediten Certificado de Única Propiedad.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
17 MARZO S/C