BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 20/12/21
La Dra. María del Huerto Sapag, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil Comercial, Vocalía N° 6, de la provincia de Jujuy y presidente de trámite en el Expte. N° C-173125/21- caratulado- “Cobro de Pesos por Servicios Tarjetas de Crédito: LIMSA – LIMPIEZA URBANA S.A. c/ FLORES VICENTE EMILIO”, notifica la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy 30 de Marzo del 2021 I – Téngase por presentado al Dr. Diego Eduardo Chacon, quien lo hace en nombre y representación de Limsa Limpieza Urbana S.A., a merito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 42/43 de autos, por parte y por constituido domicilio legal. II- De la demanda ordinaria deducida, córrase Traslado a Vicente José Elio Flores, en el domicilio denunciado, y con las copias respectivas, para que conteste dentro del termino de quince días hábiles; contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C.) III– Intímese al demandado, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley. IV- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. V- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. imponese al proponente la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala. VI – Notifíquese por cédula y al demandado en el domicilio denunciado Salvador de Jujuy 20 de Octubre del 2021 I.- Atento a lo solicitado por el actor, notifíquese a Vicente José Elio Flores DNI Nº 28.110.830 el decreto de fojas 41, 4to. párrafo, mediante Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. II.- Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del art. 72 del C.P.Civil impónese al solicitante la carga de confeccionar los edictos solicitados para su posterior control y firma del Tribunal, los que deberán presentarse en Secretaria en el término de 10 días. III.- Notifíquese por cédula Fdo. María del Huerto Sapag- Juez- Ante Mi Agustina Taglioli- Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy 02 de Diciembre del 2021.-
15/17/20 DIC. LIQ. N° 26377 $1.038,00.-