BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 12/02/16
Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3- Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-012.158/13, caratulado: “Ejecutivo: Díaz, Jorge Gustavo c/ Buendía, Hilda”, hacer saber a la Sra. Hilda Buendía la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 14 de setiembre del 2015.- Autos y Vistos:…Resulta:…Considerando:…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sr. Jorge Gustavo Díaz en contra de la Sra. Hilda Buendía hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000.-) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recursos de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235) y con más I.V.A. si correspondiere.-II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).-III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Erica Griselda Sanchez en la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($666,66), como letrada patrocinante y por la labor Professional desarrollada en autos, conforme lo Acordada (L.A Nº 14, Fº 27/28 Nº 16, 11/03/11) y lo dispuesto por el Art. 1.255 última parte del 2do. apartado del Código Civil y Comercial, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 7 en contra de la Sra. Hilda Buendía mandándose notificar la presente Resolución mediante la publicación de edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaria el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon- Juez-Ante mi: Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.-Secretaria: Marta J. Berraz de Osuna.- San Salvador de Jujuy, 17 de Septiembre del 2015.-
12/15/17 FEB.