BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 12/02/16

Primer Testimonio-Escritura Numero Cuatrocientos Sesenta y Seis (466).- Protocolo “A”.- Complementaria de Escritura Publica N° 386/15-Modificación de Contrato Constitutivo de Farmacia del Norte Yuto Sociedad en Comandita Simple.- En la ciudad de San Pedro de Jujuy, Capital del Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los cuatro días del mes de Diciembre del año dos mil quince, ante mí: Olga Olivia Otero, Escribana Nacional, Titular del Re­gistro Notarial N°14, comparecen: la señorita Brenda del Pilar Ellemberg, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 32.248.471, CUIT N°27-32248471-8, de 29 años de edad, nacida el 26 de Abril 1986, farmacéutica, soltera, domiciliada en calle 23 de Agosto N°152 de la localidad de Yuto, Departamento Ledesma de esta Provincia de Jujuy, accidentalmente aquí, y la señora Juana Rosa Gonzalez, argentina, Documento Nacional de Identidad N°13.710.560, CUIT N°27-13710560-3, de 58 años de edad, nacida el 18 de Octubre de 1957, empresaria, casada en primeras nupcias con Héctor Julio Barrera, con domicilio en calle Mitre N°112 de la ciudad de Salta-Capital, Provincia del mismo nombre.- Ambas comparecientes son personas capaces, mayores de edad, hábiles, de mi conocimiento, doy fé, acreditan identidad en los términos del art. 306 inc. a del Código Civil y Comercial de la Nación, y expresan:- Que son integrantes de la razón social FARMACIA DEL NORTE YUTO SCS., constituída mediante Escritura Pública N°386 de fecha 15 de Octubre de 2015, autorizada por ante mí, doy fé.- Que presentado dicho instrumento para su inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, fue requerida por dicho organismo la actualización del monto constituido de capital.- Consecuentemente, y en los términos de lo establecido por la Inspección General de Justicia de la Nación-Dcto Nº1331/12 resuelven elevar el mismo a la suma de Pesos CIEN MIL ($100.000), suscripto en los siguientes términos:- Juana Rosa Gonzalez, la suma de Pesos Noventa Mil ($90.000.-) María Del Pilar Ellemberg, la suma de Pesos Diez Mil ($10.000.-), procediéndose a la Integración Mínima del Capital, en el porcentual facultado por la norma (25%) cuya depósito en entidad bancaria oficial será acreditado por ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy en la oportunidad de su inscripción.- Consecuentemente, queda operada la Modificación del Contrato Social mencionado, quedando redactada su cláusula CUARTA en los siguientes términos:“… Capital: El capital social de Farmacia Del Norte Yuto S.C.S. será de Pesos CIEN MIL ($100.000.-), que será integrado en dinero en efectivo y de la siguiente forma: a) la socia comanditaria Sra. Juana Rosa Gonzalez, la suma de Pesos NOVENTA MIL ($90.000); y b) La socia comanditada Brenda del Pilar Ellemberg la suma de Pesos DIEZ MIL ($10.000)…”, solicitando finalmente de mí, la autorizante, expida testimonio respectivo para su agregación en forma complementaria al contrato social suscripto, y su anotación en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy.- Previa lectura y ratificación firman las comparecientes como acostumbran hacerlo por ante mi que doy fé. Hay dos firmas: Juana Rosa Gonzalez; Maria Del Pilar Ellemberg.- Está mi sello: ante mí: Olga Olivia Otero-Titular Registro N°14 S.P. Jujuy.- Concuerda: Con su escritura matriz que autoricé en el Protocolo a mi cargo a folio 658, doy fé.- ESC. OLGA OLIVIA OTERO, TIT. REG. Nº 14, S. PEDRO DE JUJUY

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 02 de Febrero de 2016.-

MALVINA CECILIA PEDRAZZANI

FIRMA HABILITADA

12 FEB. LIQ. Nº 122993 $130,00.-