BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE.  N° 16 -0- 7977 -0- 2005.- 

DECRETO   N°   1450.05.007.-    

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 NOV. 2005 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.259/2.005 sancionada en Insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día Jueves 02 de Junio del año 2005, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1259/1.992, que adecua el Artículo 45°, Incisos a) y b) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/2.003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de  Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor CEJAS, AYALA SABINO, D.N.I. N° 93.395.761 por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 21, Manzana 36, Padrón A-20893, ubicado en Avenida Mosconi N° 280, del Barrio Los Perales de esta Ciudad, por los períodos que adeuda; por ser persona de escasos recursos económicos.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

20 MARZO S/C