BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 5663 – 00 – 2.005.-
DECRETO N° 0487 . 05 . 007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA
ARTICULO 1°.- Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4.278/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 21 de Abril de 2.005, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 41° Incisos a), b), c) y d) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios a la Sra. VAZQUEZ, YOLANDA D.N.I. N° 5.246.448, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 5, Manzana 5, Padrón A-1-21900, ubicado en calle Purmamarca N° 880 Barrio Alto Gorriti de esta Ciudad, por los períodos 1.998 (cuotas 5° y 6°), 1.999, 2.000, 2.002, 2.003 y 2.004, en atención a los motivos expuestos en el exordio.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
20 MARZO S/C