BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 27/03/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE  N°  16-0-5179-00-2.005.-

DECRETO  N°  0444.05.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Mayo de 2005.-

 

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA­

ARTICULO 1°.-  Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4.245/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 3 celebrada el día 14 de Abril de 2.005, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2° de la Ordenanza N° 1287/1.992 y su modificatoria N° 2207/96, se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa Limsa S.A., a la Señora CARMEN LUISA CONTRERAS D.N.I. N° 9.637.566 por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 25, Manzana 159,  Padrón A-41490, ubicado en la calle Bustamante N° 272 del Barrio Coronel Arias de esta ciudad, por  los períodos  que adeuda hasta 2.004 (total), por ser persona de escasos recursos económicos.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

27 MARZO S/C