BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 13/12/21

Dra. Mirta del M. Vega- Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 9, Secretaria Nº 18, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. MIRANDA, EMANUEL MARTIN DNI Nº 39.738.801  que en el Expte. Nº C-023431/18, caratulado: “CREDINEA S.A. c/ MIRANDA EMANUEL MARTIN S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente resolución y su aclaratoria: “San Pedro de Jujuy, 6 de agosto de 2021.- Autos y Vistos:…Resulta:…y Considerando:…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en nombre y representación de CREDINEA S.A en contra de EMANUEL MARTIN MIRANDA DNI Nº 39.738.801 hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de Pesos Veinticinco Mil Cincuenta y Ocho con 60/100 Ctvs ($25.058,60) con más los intereses de la tasa activa general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina.- II.- Imponer las costas a la ejecutada (Art. 102 CPC) y diferir la regulación de honorarios para la etapa procesal oportuna.- III.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado con respecto a la constitución de domicilio legal en contra de EMANUEL MARTIN MIRANDA DNI Nº 39.738.801, mandando a notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- Facultar al letrado actuante al diligenciamiento de la misma quedando la confección a su exclusivo cargo, que deberá presentar ante el actuario para su control y firma (art. 72, 1º parrf. y 50 del C.P.C.).- IV.- Notificar por cédula, protocolizar, hacer saber y dar copia.- Fdo. Dra. Mirta del M. Vega- Jueza- Ante mí: Dr. Gonzalo Ezequiel Ilán- Firma Habilitada “San Pedro de Jujuy, 2 de Septiembre de 2021.- Autos y Vistos:…y Considerando:…Resuelve: I.- Tener presente el informe actuarial de fs. 82 y por presentado en término Aclaratoria deducida por el Dr. Carlos Abel Damián Aguiar.- II.- No hacer lugar a la Aclaratoria deducida en contra de la sentencia de fecha 6 de agosto de 2021.- III.- Agregar copia en autos, registrar y hacer saber.- Fdo. Dra. Mirta del M. Vega- Jueza – Ante mí: Dr. Gonzalo Ezequiel Ilán- Firma Habilitada. “Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Pedro de Jujuy, 14 de octubre de 2.021.-

 

06/10/13 DIC. LIQ. N° 25868 $1.038,00.-