BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 10/12/21
La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. N° C-62.553/16 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: MAMANI, HILDA GUADALUPE c/ VEDIA ISABEL” hace saber a los eventuales titulares de dominio que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 21 de octubre de 2021. 1. Atento lo manifestado por el prescribiente a fs. 122 y a fin de la debida traba de la Litis (art. 530 de la Ley nº 5486), confiérese traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como Padrón H-386, Circunscripción 2, Sección 2, Parcela s/nº, ubicado en Quisquirri, Purmamarca, Departamento Tumbaya, Provincia de Jujuy, a los herederos de ISABEL VEDIA DE UCEDO y a quienes se consideren con derecho, en la forma de estilo, por el plazo de quince (15) días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C. – Conf. modificación Ley 5486). A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordénase, asimismo, la exhibición de los edictos en el Juzgado de Paz de Purmamarca, Provincia de Jujuy y en la Comisión Municipal de la misma localidad. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (Conf. Art. 535º del C.P.C.- modif. Ley 5486). 2. Intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C. P. C.). 3…4. Notifíquese (art. 155/6 del C. P. C.). Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero- Presidente de trámite. Ante mí: Dra. Liliana E. Chorolque-Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días (Art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 25 de octubre de 2021.-
10/13/15 DIC. LIQ. N° 26131 $1.038,00.-