BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 10/12/21

Dr. Juan Pablo Calderón, Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18 en el Expte. Nº D-001036/13, caratulado: Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ CORBALAN ALEJANDRA DEBORA”, procede a notificar a la Sra. CORBALAN, ALEJANDRA DEBORA  DNI Nº 23.811.229 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 19 de octubre de 2017.- Autos y Vistos…Resulta… y Considerando… Resuelvo: I.- Mandar a llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de ALEJANDRA DEBORA CORBALAN DNI Nº 23.811.229, y hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado de pesos Un Mil Seiscientos Setenta y Cinco con 45/100 ($1.675,45).Dicho monto devengará intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa n° 7096/09, de fecha 11/05/11, registrada en L.A. n° 54, F° 673/678, n° 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijan en un 50% de los moratorios.- II.-Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del CPC).- III.-Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado respecto a la constitución del domicilio legal (art. 52 CPC).- V.-Notificar, agregar copia en autos, Protocolizar.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón- Juez por Habilitación- ante mi- Dra. Mariana Valeria Palavecino- Pro Secretaria Técnica.- San Pedro de Jujuy, 08 de agosto de 2019- Notifíquese por edicto (Art 162 CPC) por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y Diario Local.-

 

06/10/13 DIC. LIQ. N° 26338 $1.038,00.-