BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 10/12/21
Dra. Mirta Vega, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17, en el Expte. Nº D-36616/21 caratulado: “Ejecutivo: “CREDINEA S.A. c/ PAZ, EDUARDO HUMBERTO”, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia judicial: “San Pedro de Jujuy, 04 de Junio de 2021.I- Téngase por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en nombre y representación de CREDINEA S.A. a merito del poder general de juicio que adjunta, por constituido domicilio legal y parte. II- De conformidad a lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del CPC, líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del demandado EDUARDO HUMBERTO PAZ DNI Nº 20.444.005 en el domicilio denunciado por la suma de Pesos Veintiún Mil Seiscientos Sesenta y Nueve ($21.669) en concepto de capital, con más la de Pesos Diez Mil Ochocientos Treinta y Cuatro ($10.834) calculadas provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la parte demandada hasta cubrir ambas cantidades, designando depositaria judicial al afectado, y en caso negativo, a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley; debiendo además requerir la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda o algún otro gravamen y que, en su caso, se indique el monto del crédito, nombre, domicilio del o los acreedores. III- La citará de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. IV- Por igual término, le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sean su naturaleza (arts. 52 y 154 del CPC).V- A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto, líbrese mandamiento al señor Oficial de Justicia con competencia en el domicilio denunciado, con facultades de ley.- VI- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. VII- Notifíquese. Fdo. Dra. Mirta Del Milagro Vega, Jueza-ante mí Dra. Mariana Roldan, Secretaria. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 14 de octubre de 2021.-
06/10/13 DIC. LIQ. N° 25867 $1.038,00.-