BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 03/12/21
ADDENDA CONTRATO UNION TRANSITORIA-ENTRE: JUMI S.R.L., en adelante “JUMI”, con domicilio en calle Salta 1104 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, representada en este acto por el Sr. Raúl Horacio ULLOA, D.N.I. N° 11.207.800, en su carácter de Gerente con facultades suficientes; EMPRENDIMIENTO RIO GRANDE S.R.L., en adelante “ERG”, con domicilio en calle San Martín Nº 116 piso 3 departamento A, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, representada en este acto por el Sr. Guillermo Hernán Domingo Assaf, D.N.I. 14.089.846, en su carácter de Socio Gerente con facultades suficientes; SIDERA S.R.L.,en adelante “SIDERA”, con domicilio en Alberdi N° 187 1er Piso Oficina D, San Salvador de Jujuy, representado en este acto por el Señor Ramiro Ignacio Saravia Pérez, D.N.I. 25.954.758, en su carácter de Socio con facultades suficientes; ACUERDAN: 1.- Que con fecha 29 de Julio de 2021 las partes indicadas en el encabezamiento celebraron el presente contrato, de conformidad a los artículos 1463 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación a los efectos de constituir una UNION TRANSITORIA.- Que por un error material en el punto 27 del contrato se consignaron erróneamente los datos de inscripción de las empresas EMPRENDIMIENTO RIO GRANDE SRL y SIDERA SRL, por ello las partes consignan como datos de inscripción correctos: ** EMPRENDIMIENTO RIO GRANDE S.R.L..: a.- Domicilio legal: calle San Martín Nº 116 piso 3 departamento A, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.- b.- Inscripto en el Registro Público de Comercio, de la Provincia de Tucumán, bajo el N° 18, fojas ciento veinticuatro barra ciento veintiséis, Tomo XIX del Protocolo de Contrato Sociales.- c.- La resolución del Órgano de Administración que dispuso la constitución de la presente Unión Transitoria se emitió en la reunión de socios del 15 de Junio de 2021, del Libro de Actas de Reunión de Socios N° 176.- ** SIDERA S.R.L..: a.- Domicilio legal: Alberdi N° 187 1er Piso Oficina D, ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.- b.- Inscripta ante el la Inspección General de Justicia inscripto en el Registro Público de Comercio, de la Provincia de Jujuy, al folio doscientos diez, acta número doscientos diez; Libro V de S.R.L., registrada bajo asiento número veintiocho, al folio doscientos dos barra doscientos nueve, del Legajo XX, Tomo I, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.- c.- La resolución del Órgano de Administración que dispuso la constitución de la presente Unión Transitoria se emitió en la reunión de socios del 22 de Junio de 2021, Acta de Asamblea Extraordinaria N° 21.- A efectos de proceder a la inscripción del presente contrato ante la Dirección de Personas Jurídicas se autoriza a los Dres. Ezequiel José ULLOA, DNI N° 31.036.505, Ernesto Benjamín GONZALEZ DE PRADA, DNI N° 26.232.169 y/o a quienes ellos designen, indistintamente con amplias facultades para efectuar aclaraciones, cumplimentar observaciones, contestar vistas, suscribir las presentaciones que se hicieren, adjuntar documentación complementaria, modificar el contrato a efectos de salvar observaciones del órgano de control y en general, efectuar cuantos más actos, gestiones y diligencias sean necesarias para el cumplimiento de las inscripciones mencionadas. Asimismo, los nombrados quedan facultados para, solicitar por ante la Inspección General de Justicia los Libros necesarios para la UT, suscribir y otorgar modificaciones y en general para todos los actos que la Inspección General de Justicia demande para la inscripción del presente Contrato.- En prueba de conformidad, las partes suscriben cuatro ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil veintiuno.- ACT. NOT. N° B 00663666- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. N° 02- S.S. DE JUJUY.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDAD COMERCIALES – FISCALIA DE ESTADO
03 DIC. LIQ. Nº 26369 $507,00.-