BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 03/04/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 13901 – 00 – 2.005.-
DECRETO N° 1449.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 Noviembre 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.444/2.005 (INSISTENCIA), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de Septiembre de 2.005, por la que se exime del pago de la Tasa por Servicio Urbano de Limpieza de la Vía Pública que efectúa la Empresa LIMSA S.A., a la propiedad que actualmente ocupa la Fundación Solidaridad, individualizada como Manzana 38, Barrio 11ª, Padrón 001050/0, ubicado en calle Ramírez de Velazco N° 253 de esta Ciudad, cuyo titular es el señor MUÑOZ RAFAEL FROILAN, por los períodos 2004 y 2005.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
03 ABRIL S/C