BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 03/04/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 6548 – 00 – 2.005.-
DECRETO N° 1370.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 NOV.2005
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza Municipal N° 4.308/2.005, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 5 celebrada el día 05 de Mayo de 2.005, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/03), se exime del pago en concepto de Tasa Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranzas que efectúa la Empresa LIMSA S.A. a la Señora MARTA YOLANDA PAVON, D.N.I. N° 13.019.635, por el inmueble de su propiedad individualizado como circunscripción 1, Sección 10, Lote 26, Manzana 97, Padrón A-52.748, ubicado en calle Villafañe N° 1.021 del Barrio San Pedrito de esta Ciudad, por la deuda total que mantiene en concepto referido anteriormente, por ser persona de escasos recursos económicos.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
03 ABRIL S/C