BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 19/02/16
Dr. Ricardo Sebastian Cabana, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el B-260995/11, Caratulado: “Ejecutivo: Credinea S.A. c/ Ibañez Zigaran Fernanda”. Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres Veces en Cinco Días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del Quinto Día de la última publicación, a la parte demandada Sr. Ibañez Zigaran Fernanda, DNI Nº 27.520.987, del siguiente: Proveído de fs 54: “San Salvador de Jujuy, 10 de JULIO del 2015.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 16 mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber a la accionada Fernanda Ibañez Zigaran, D.N.I. Nº 27.520.987, que deberá presentarse (a hacer valer sus derechos), bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio (art. 474 del C.P.C.).-Notifíquese art.154 del C.P.C.-Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez Ante Mi Dra. Maria Fabiana Otaola- Por Habilitación” Proveído de Fs.16:”San Salvador de Jujuy, 19 de diciembre del 2.011.- De conformidad a lo previsto por los Arts. 472 y 478 y s.s. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Ibañez Zigaran Fernanda en el domicilio denunciado por la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO ($3.218) en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA CENTAVOS ($965,40) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese Embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los Cinco Días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-Asimismo córrase traslado del pedido de intereses, con copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.52 del Item., haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia y/o Juez de Paz, con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario. Notifíquese Fdo. Dr. Roberto Siufi: Juez. Ante Mi Dra. Mariana del Valle Drazer: Secretaria “.-Publíquese edictos, en el Boletín Oficial y en un Diario local, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 30 de Septiembre de 2015.-Dra. Maria Cecilia Farfan, Secretaria.-
19/22/24 FEB. LIQ. Nº 122985 $270,00.-